La Procuraduría General del Estado hizo bien en señalar que no puede intervenir en el proceso judicial que pobladores de nuestra Amazonía siguen en contra de cierta petrolera por delitos ambientales, toda vez que ese juicio es “entre privados”. En el Ecuador ninguna autoridad puede interferir en las decisiones de la administración de justicia.
El laudo aquel que pronunció el Tribunal Arbitral Internacional que determinó que Ecuador no tomó las medidas necesarias para suspender -dentro y fuera del país- la ejecución de una sentencia en contra de dicha petrolera por varios miles de millones de dólares, deviene en improcedente, arbitrario e ilegal. Hay que tomar en cuenta que el recurso de casación que planteó -con legítimo derecho- la petrolera en la Sala de lo Civil de la Corte Nacional de Justicia de Ecuador, no está resuelto todavía; pero, la recurrente no rindió caución conforme lo exige la Ley de Casación; por lo que, dejó vía libre para la ejecución de la sentencia.
La Procuraduría General del Estado debe seguir actuando con firmeza y frontalidad; empero, dentro del ámbito de su competencia que lo señalan la Constitución y la ley.