La construcción de vivienda es la que más oportunidades de trabajo ofrece a las personas con menor calificación y que son la mayoría del país. Al ser los más desprotegidos la nueva ley de inquilinato debe mantener un equilibrio que permita conservar estos trabajos, crecimiento en las construcciones y garantía a aquellos que con sus ahorros buscan tener una ayuda en sus ingresos. Las construcciones que se realizan se destinan a arrendamientos para comercio, servicios y vivienda, los mismos que por su propósito adquieren diferentes cánones de arrendamiento y de acuerdo a su importancia son demandados. Por lo general, los valores de arrendamiento en vivienda fluctúan entre el 8 al 10% anual del valor de la propiedad y el valor del Impuesto Predial más o menos equivale a una remuneración de arrendamiento, mientras en los locales de servicio y comercio son demandados por el acceso del público y para mantener ese acceso tienen alícuotas que fluctúan entre el 30 al 45% del valor arrendado, lo que cubre gastos de seguridad, mantenimiento, atracciones, sitios de parqueo, etc. Una ley de inquilinato regulada por los municipios desincentivaría este medio de trabajo y producción que al momento sirve a los más desprotegidos. La tarea de los municipios es vigilar que estas construcciones reúnan las condiciones para que la subsistencia de quienes ocupen estén de acuerdo con las normas del buen vivir moderno.