Realmente hasta ahora no comprendo por qué razón se involucra a los notarios en las investigaciones de residencias otorgadas, en incluso se los reduce a prisión preventiva, ya que según la Ley Notarial, entre sus deberes y obligaciones están los siguientes:
“Art. 6.- Notarios son los funcionarios investidos de fe pública para autorizar, a requerimiento de parte, los actos, contratos y documentos determinados en las Leyes.
Art. 18.- Nral. 26.- (Agregado por el Art. 6 de la Ley 2006-62, R.O. 406, 28-XI-2006).- Solemnizar la declaración de los convivientes sobre la existencia de la unión de hecho, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 222 del Código Civil. El Notario levantará el acta respectiva, de la que debidamente protocolizada, se conferirá copia certificada a las partes; y,
Art. 19.- Son deberes de los notarios: a) Receptar personalmente, interpretar y dar forma legal a la exteriorización de voluntad de quienes requieren su ministerio”.
Es decir, el Notario solamente deja constancia de los actos, contratos o declaraciones de voluntad de terceros, sin estar obligado a investigar la veracidad o no de tales declaraciones, no le incumbe al Notario determinar si es verdad, falsedad o está loco el declarante, solamente deja constancia de tales actos, tan es así que si alguien constituye una compañía, y posteriormente la dedica a actividades ilícitas, eso no es problema del notario.