La redistribución de los aportes que el IESS hizo este 16 de noviembre de 2015 para financiar el déficit del fondo de salud, es inconstitucional. De acuerdo con la Constitución, el IESS es una entidad autónoma regulada por la ley, y será responsable de la prestación de las contingencias del seguro universal obligatorio a sus afiliados.
Los fondos y reservas del seguro universal obligatorio serán propios y distintos de los del Fisco, y servirán para cumplir de forma adecuada los fines de su creación y sus funciones. Ninguna institución del Estado podrá intervenir o disponer de sus fondos y reservas ni menoscabar su patrimonio (artículos 370 y 372).
Los fondos de los aportes que administra el IESS no le pertenecen ni al sector público ni al sector privado, sino a los trabajadores; el IESS es un ente recaudador y administrador de estos fondos para brindar seguridad social, la cual es un derecho irrenunciable para todas las personas, y el Estado tiene el deber de garantizarla. Esos fondos son privados. Esos dineros no le pertenecen al Estado. Una de las formas de garantizar la seguridad social, por parte del Estado, es la restitución del 40% a las pensiones jubilares, y la no redistribución de los aportes. A la suspensión del 40% a las pensiones jubilares, se suma el haber dado seguridad gratuita a los que no aportan, pero no con dinero del Estado, sino con dinero ajeno que es de los trabajadores que aportan o que aportaron durante muchos años de trabajo.