Contraloría sin responsabilidades

Según la Constitución y concretamente los artículos 211 y 212, la Contraloría General del Estado es supuestamente responsable del “control de la utilización de los recursos estatales” e, incluso, de los recursos públicos que manejen las “personas jurídicas de derecho privado”, para lo cual, es su obligación dirigir el sistema de “control administrativo”; que se compone de auditoría interna, auditoría externa y control interno; y, además, determinar responsabilidades administrativas, civiles y penales, que se desprendan de sus exámenes.

Pese a esas claras atribuciones, la Contraloría estimo que ha incumplido sus obligaciones, pues todos los escándalos de corrupción últimamente revelados, se han descubierto por investigaciones de organismos y dependencias extranjeras, mas no por la intervención del “juez de cuentas” ecuatoriano, porque lastimosamente, mediante una serie de reformas legales, se ha ido reduciendo su campo de acción, no sé si con buena o mala fe.
Importante sería que el nuevo gobierno devuelva a la Contraloría las funciones de control que antes tenía”.

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