La Constitución en su art.. 204 crea la Función de Transparencia y Control Social formada por el Consejo de Participación Ciudadana, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría y las superintendencias, para de prevenir y combatir la corrupción.
Dadas sus altas responsabilidades, sería importante conocer lo que ha realizado cada una de estas instituciones en la materia señalada, principalmente el Consejo de Participación pues este reemplaza a la Comisión Anticorrupción que descubrió varias irregularidades en los últimos años, por lo que es necesario enterarnos de las investigaciones más trascendentes; y, particularmente, las responsabilidades administrativas, civiles o penales establecidas, tal como lo hace la Contraloría.
Lo que no puede es aducir falta de personal, pues dispondría de un organigrama más que abundante lleno de Asesores, Coordinadores, Subcoordinadores, Investigadores, Secretarias y Asistentes, en casi todas las Delegaciones Provinciales, a no ser que los largos plazos previstos en el Reglamento de Denuncias estén frenando su desenvolvimiento o, alternativamente, el traslado de la Secretaría de Transparencia de Gestión a la Secretaría Nacional de la Administración Pública.