CAPACIDAD ESPECIAL

Ley con “Capacidades Especiales” (Discapacidad). El Código Penal próximo a aprobarse castiga ejemplarmente al médico ante un posible “error” generado por atender a un enfermo o un moribundo, una ley sin ningún otro objetivo que el condenar. En una de las contradicciones esenciales esta ley considera al médico como un ser divino al sugerir que su trabajo debe ser milagroso, pero así mismo deja claro  un por si acaso a éste se le ocurriere fallar, deberá ser sometido a la errática ley, como cualquier mortal; las penas son las mismas que cuando existe un accidente de tránsito: discapacidad 15 días = cárcel 30 días. Debido a que leyes similares están a la cola, una de ellas dedicada a los periodistas, simplemente se debe aprobar cuatro ítems generales a partir de lo que se puede generar un reglamento complementario: 1.- El trabajo médico debe ser infalible 2.- Las enfermedades no deben causar secuelas y tampoco ser fatales 3.- Se considera legal una sola causa de muerte, la natural 4.- Ante la inobservancia de los dos primeros ítems acérquese a demandar al juzgado más cercano. Moraleja: El médico para cumplir la ley en ciernes debe atender a pacientes sanos, los enfermos y moribundos deberán encomendarse a los chamanes o a sacerdotes.

Suplementos digitales