Sin que previamente se haya reformado la vigente Ley de Seguridad Social, ni justificación técnica, humana y económica, arbitrariamente se ha dado una vuelta a la modalidad de pago de los décimos, cuyo único propósito es viabilizar, contar con recursos económicos para solventar los imprescindibles gastos de fin de año y de matrícula a inicios del año lectivo.
La nueva Ley de Justicia Laboral se refiere a las mensualidades de las décimas remuneraciones de los trabajadores activos, del sector público y privado, por tanto no incluye ni puede comprender a los pensionistas jubilados y de Montepío, que están regidos por otra ley.
No es posible entender cuál es la finalidad para que, en forma absurda, se obligue a un gran número de jubilados, casi sin poder andar, enfermos e inválidos, tengan que concurrir personalmente a entregar un ridículo formulario luego de hacer interminables colas, cuando los avances tecnológicos obvian esos papeleos y su eficacia sustituye trámites burocráticos. Donde hay colas denota ineficiencia. Hacer lo contrario, raya en lo inhumano.
La nueva ley llamada de “Justicia Laboral”, como su nombre lo indica, mensualiza el pago de las remuneraciones laborales adicionales, pero al ser aplicada a los jubilados, carece de justicia, de legitimidad y de objeto lícito. No hay nombre adecuado para calificar al IESS por aceptar una modalidad de pago contraria a la Ley de Seguridad Social.