Me refiero al artículo del Dr. Pablo Ortiz, del 8 del corriente: 1.- A la señora que el articulista llama “huairapamushca” o sea “hija del viento”, la auspicia nuestra organización de derechos humanos porque se trata de una mujer ecuatoriana de la tercera edad, pobre pero muy digna, de sólida formación moral, educada en las mejores escuelas y colegios fiscales de Quito, ahora jubilada del servicio público.
Todos los seres humanos no reconocidos por sus padres merecen el apoyo de la sociedad y del Estado y no el escarnio; 2.- La sentencia que declara la paternidad a favor de ella, es una más, de miles que se han dictado en el Ecuador frente a la negativa del demandado a practicarse el examen de ADN. En este caso, el demandado se negó por cuatro ocasiones (la ley exige sólo dos negativas para declarar la paternidad presuntiva).
Si alguien está seguro de no ser el padre acudiría presuroso a entregar su muestra sanguínea. ¿Por qué se negó en cuatro ocasiones? Esta paternidad presuntiva sólo aplicaban a favor de niños/as y los adultos cuyos padres se negaban a practicarse el examen de ADN -en un distingo inconstitucional- se quedaban sin su derecho a la identidad.
El mérito de la sentencia es haber considerado esa igualdad entre todos los individuos de la especie humana, lo que hace respirar nuevos aires de constitucionalidad, de un nuevo país, de una nueva justicia para los que antes no la tenían en el viejo Ecuador de los “huairapamushcas”. 3.- La muerte del demandado no fue notificada a los jueces para que ordenen tomar la muestra sanguínea que en vida se negó.
Para colmo la persona que inscribió la defunción lo ha hecho cremar y luego de un año -asoma al juicio como albacea de un “testamento” supuestamente otorgado -para asombro de los lectores- ¡Ante una notaría Suplente en Saquisilí!, poniendo, para “dorar la píldora” entre las beneficiarias unas monjitas, que sin culpa inicial, luego, se han convertido en punta de lanza del litigio judicial.
¿Por qué se lo cremó? ¿Por qué no se pidió cadena de custodia para extraer el marcapasos del cuerpo del fallecido? ¿De quién habrá sido el marcapasos dejado como señuelo? ¿Por qué un hombre moribundo, con cáncer terminal, de más de 90 años, iba a trasladarse a Saquisilí, pudiendo hacerlo en Quito? Interrogantes que se despejarán con el juicio penal respectivo por falsificación y uso doloso de documento falso, que deberá ser vigilado por el señor Fiscal General, en cuya verticalidad confiamos.
El luchar por la verdad ha provocado amedrentamientos de todo tipo, por lo que aprovechamos para denunciarlos.