CIDH remite a la Corte solicitud de consejeros de Participación para suspender ejecución de la pregunta 3 de la consulta popular

Cuatro, de los siete miembros, del Consejo de Participación Ciudadana acudieron la mañana de este martes 6 de febrero del 2018 a una reunión del Pleno. Foto: API

Cuatro, de los siete miembros, del Consejo de Participación Ciudadana acudieron la mañana de este martes 6 de febrero del 2018 a una reunión del Pleno. Foto: API

Cuatro, de los siete miembros, del Consejo de Participación Ciudadana acudieron la mañana de este martes 6 de febrero del 2018 a una reunión del Pleno. Foto: API

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) remitió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), una solicitud de medidas provisionales a favor de los consejeros Edwin Jarrín, Tania Pauker y Sonia Vera García.

En el documento, de este 6 de febrero del 2018, se pide que organismo ordene al Estado que se abstenga de destituir a los actuales miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de Ecuador (Cpccs) y de crear un Consejo Transitorio.

Esos cambios son parte de lo propuesto en la consulta popular, en la pregunta 3. Sin embargo, Jarrín, Pauker y Vera, actuales integrantes del Cpccs, habían pedido que se detenga este proceso porque estaban afectando sus derechos.

El 28 de diciembre de 2017, la Comisión Interamericana recibió la solicitud con requerimiento de medidas provisionales a la Corte IDH. “La información presentada se basó en la propuesta de referéndum, que no contó con control constitucional previo y que incluyó una pregunta sobre la terminación anticipada de sus cargos y la creación de un Consejo de Participación Transitorio conformado por siete miembros nombrados por la Asamblea de entre ternas enviadas por el Presidente”, dice un comunicado de la CIDH.

La CIDH identificó que la situación planteada por los consejeros podría “reunir los requisitos de extrema gravedad, urgencia, así como de daño irreparable previstos en el artículo 63.2 de la Convención para el otorgamiento de medidas provisionales”.

En cuanto al requisito de extrema gravedad, la Comisión subrayó que la Corte Interamericana podría valorar que el mecanismo de participación popular estaría siendo utilizado para evadir el procedimiento legal de destitución del actual Consejo de Participación Ciudadana.

Asimismo, subrayó que se podrían considerar las “amplísimas” facultades que se le otorgan al Consejo de Transición que incluyen, entre otras, la posibilidad de nombrar a diversas autoridades de control, a las más altas autoridades en materia electoral, de persecución penal y a los miembros del Consejo de la Judicatura quienes a su vez tienen la potestad de examinar y destituir a todas las juezas y jueces del país.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Suplementos digitales