¿Qué vehículos pueden circular este martes 11 de agosto en Quito?

Las restricciones para la movilización de vehículos se retoman este 11 de agosto del 2020, después de finalizar el feriado. Foto: Vicente Costales/ EL COMERCIO

Las restricciones para la movilización de vehículos se retoman este 11 de agosto del 2020, después de finalizar el feriado. Foto: Vicente Costales/ EL COMERCIO

Las restricciones para la movilización de vehículos se retoman este 11 de agosto del 2020, después de finalizar el feriado. Foto: Vicente Costales/ EL COMERCIO

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional en su resolución del pasado 29 de julio del 2020 dispuso los días de circulación de vehículos particulares que en el mes de agosto podrán transitar, según los distintos días de la semana y de acuerdo con el último dígito de la placa de los automotores.

El COE flexibilizó las restricciones de la circulación para facilitar la movilización de las personas durante el feriado, pero las disposiciones para regular el tránsito de los automotores se retomó este 11 de agosto.

Así, los días lunes, miércoles y viernes circulan los vehículos con el último dígito de la placa impar: 1, 3, 5, 7 y 9. En cambio, los martes, jueves y sábados podrán transitar los automotores con las placas pares: 2, 4, 6, 8 y 0.

La circulación de personal de salud, seguridad, emergencia, alimentación, servicios básicos y financieros, sectores estratégicos, cadenas de producción, comunicación y prensa está garantizada, señala un mensaje de Twitter publicado este martes 11 de agosto del 2020 por la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT).

En cuanto a la circulación los días domingos en el mes de agosto, las disposiciones del COE nacional son: las placas impares (1, 3, 5, 7 y 9) puedan circular sin restricción tres domingos: 2, 16 y 30 de agosto. En tanto, los automotores con placas pares y cero (2, 4, 6, 8 y 0) podrán transitar los domingos 9 y 23 de agosto.

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