Las tareas comunitarias, una alternativa a la prisión

Trabajo comunitario por el nuevo Código Penal. Foto: Paúl Rivas / EL COMERCIO

Trabajo comunitario por el nuevo Código Penal. Foto: Paúl Rivas / EL COMERCIO

Trabajo comunitario por el nuevo Código Penal. Foto: Paúl Rivas / EL COMERCIO

Victor B. confiesa que está arrepentido. Cita versículos de la Biblia para demostrarlo. "Todos cometemos errores. Le pedí perdón a mi esposa y no la voy a volver a agredir. No se va a repetir", dice y luego continúa tratando de sacar un clavo oxidado de una madera.

Desde el lunes, él hace trabajos comunitarios para pagar su condena. Una jueza especializada en violencia intrafamiliar lo sentenció a 70 horas de servicio comunitario por "las dos cachetadas" que dio a su mujer.

Desde las 09:00 hasta las 16:00, acompaña a los empleados municipales a limpiar postes, recoger basura, barrer, pintar fachadas sucias...

Esas son las tareas que deben cumplir los sancionados con esa medida. Esta es una de las 13 opciones que pueden elegir los jueces para que un infractor purgue su sentencia sin ir a la cárcel.

Según el nuevo Código Orgánico Integral Penal, las medidas alternativas a la prisión se aplican en contravenciones y delitos leves que no exceden los 6 meses de cárcel.

En caso de infracciones sancionadas con penas de hasta seis meses de prisión, las tareas en los barrios no se realizarán por más de 180 horas. Las contravenciones, en cambio, no pueden exceder las 120.

El maltrato animal, la destrucción de señales de tránsito, los escándalos públicos sin armas, la violencia intrafamiliar que no cause lesiones mayores a tres días o el ingreso de bengalas a los escenarios deportivos son algunas de las contravenciones que pueden enmendarse sin ir a la cárcel.

Víctor dice que "prefiere mil veces" limpiar las calles de Quito que pasar en la cárcel. Y añade que la jueza también le obligó a recibir terapias psicológicas.

El tratamiento médico al infractor, las tareas en los barrios, la suspensión de la licencia en casos de contravenciones de tránsito, la prohibición de salir del país o de acercarse a la víctima o la presentación periódica ante un juez son parte de las 13 medidas alternativas a la prisión.

Los jueces tienen la última palabra y pueden optar por medidas alternativas a la prisión si la infracción es leve y el sancionado no es reincidente.

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