‘Súper’ decidirá sobre la venta de 7 bancos

El organismo de control elabora una normativa para definir procedimientos y plazos. Foto: Archivo EL COMERCIO

El organismo de control elabora una normativa para definir procedimientos y plazos. Foto: Archivo EL COMERCIO

El organismo de control elabora una normativa para definir procedimientos y plazos. Foto: Archivo EL COMERCIO

La Superintendencia de Bancos decidirá sobre la venta de acciones de entidades en cuatro casos: cuando un banco sea dueño de otro banco en el país, si tiene participación en un banco de un paraíso fiscal, si uno de sus accionistas también tiene acciones de otra entidad financiera y para las entidades que aún no alcanzan el mínimo de capital requerido para operar (USD 11 millones).

En caso de que no se acaten estas disposiciones, el organismo tiene incluso la facultad de subastar esas entidades. Así se dispuso en la Ley Orgánica para la Reestructuración de las Deudas de la Banca Pública y Banca Cerrada, que fue publicada en el Registro Oficial el martes 18 de abril del 2017.

“Si el organismo de control ve que la desinversión no se hace por falta de voluntad por parte de quien lo tiene que hacer, ahora la Ley faculta a la Superintendencia disponer de esos procesos de desinversión”, explicó Christian Cruz, superintendente de Bancos. 
Con estas disposiciones, la Ley ya vigente busca agilizar estos procesos para cumplir con lo ordenado en el Código Monetario y Financiero, en vigencia en septiembre del 2014.


Esa norma estableció el plazo de un año -que venció en septiembre del 2015- para que bancos y accionistas desinviertan participaciones en otros bancos locales y en bancos ubicados en paraísos fiscales, y para cumplir con el capital mínimo exigido, pero no todos lo han hecho, según Cruz.


El funcionario explicó que siete bancos no han cumplido con el Código Monetario y permanecen en fideicomisos, cuyas reglas deberán reformarse en un plazo de 30 días, para que el organismo de control pueda ordenar al fiduciario la venta de las acciones “bajo cualquier modalidad, en el plazo y condiciones que esta determine”.


La Superintendencia trabaja en una normativa secundaria -que será expedida en los siguientes días- que definirá los nuevos plazos que los bancos, de acuerdo con cada caso, tendrán para vender. Cruz aspira a que la desinversión no dure más de dos años. 
La norma, además, establecerá el plazo de un mes para que las siete entidades financieras presenten el precio de las acciones. Ese valor será definido por un estudio de mercado contratado por el propio banco.

“El inversionista jamás va a perder en el proceso de venta. Honestamente, no queremos que la Superintendencia intervenga en el proceso de venta”, añadió Cruz. 
Además, las acciones tendrán un castigo (5%) que irá creciendo de manera progresiva cada dos meses, hasta que se venda el banco.


En caso de que los bancos no cumplan con los nuevos plazos o que no quieran cambiar las reglas de los fideicomisos, la Superintendencia de Bancos rematará las acciones de los bancos en subasta pública. 
Diners Club y Banco Pichincha son dos de las entidades que deberán cumplir con las nuevas disposiciones, dijo Antonio Acosta, presidente de Banco Pichincha. 


La emisora de tarjetas de crédito es una sociedad financiera que busca convertirse en un banco digital para cumplir con el Código, pero este cambio trae otro problema: sus propietarios serían dueños de dos bancos, lo cual no es permitido por la misma norma. 


En entrevista con Ecuadoradio, el pasado 17 de abril, Acosta añadió que el actual escenario económico hace complicado encontrar un comprador para una entidad. “La Superintendencia hará un reglamento (a la reforma del Código Monetario). Yo espero que en un gesto de absoluta responsabilidad, sabrá tomar en cuenta los momentos que vive el país para no causar una bulla adicional e innecesaria”, dijo Acosta. 


Aunque el superintendente reconoció que los momentos difíciles por los que atravesó la economía dificultaron la venta de las acciones, señaló que eso ya pasó y hoy el país entró en un proceso de recuperación económica. “Es el momento adecuado para que los bancos puedan ejecutar la venta”.
Virgilio Hernández, presidente de la Comisión de Régimen Económico –que estuvo a cargo del tratamiento de esta Ley– señaló que se incorporaron estas medidas debido a que los bancos no cumplieron con la disposición del Código Monetario en el plazo previsto. 


Por ello, el Ejecutivo determinó un procedimiento para que los bancos cumplan con lo dispuesto en el Código, dijo. 
Julio José Prado, titular de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), dijo ayer que el gremio se encuentra analizando el alcance de esta reforma. Añadió que es un tema más de accionistas que de Asobanca, no obstante, están a la espera de la norma secundaria.

En contexto


El pasado 12 de abril, la Asamblea Nacional se allanó a la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de ley para la reestructuración de las deudas de la banca pública y deudores de buena fe. El texto fue propuesto por el Ejecutivo en febrero, como económico urgente.

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