El Servicio de Rentas Internas informó hoy que a partir del 1 de enero del presente año quedaron excluidos del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE) todos los contribuyentes inscritos en el mismo bajo las siguientes actividades económicas: comisionistas, arriendo de bienes inmuebles y alquiler de bienes muebles.
Esta medida se amparó en el artículo 34 de la Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario Interno y a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 94 de 23 de diciembre de 2009.
El SRI añadió que luego de haber excluido del RISE a los contribuyentes inscritos en las actividades antes mencionadas, éstos fueron incorporados al Régimen General a partir del 1 de enero de 2010, lo que significa que deberán cumplir con todos los deberes formales que este régimen determina.