Sigilo en la Corte por caso Huracán

Reds. Judicial y Esmeraldas

En la Corte Provincial de Justicia de Esmeraldas nadie quiere hablar del fallo emitido el 30 de diciembre por su Sala Única  Penal.

Ese fallo suavizó el delito que presuntamente habría cometido el ex subsecretario de Gobierno, Ignacio Chauvín, en el caso Huracán de la Frontera. La Sala de esa Corte consideró que él no habría actuado como  cómplice de narcotráfico, junto a los hermanos Ostaiza, sino como  encubridor.

Según el Código Penal, un cómplice debiera ser juzgado con la mitad de la condena que se dicte contra el autor de un delito. Por narcotráfico la sanción puede ser 16 años de reclusión, por lo que un cómplice podría ir preso  por 8 años. La norma establece que un encubridor máximo debe ser condenado a dos años, con opción de fianza.

Raúl Llerena, abogado de Ignacio Chauvín, cuestiona la resolución de la Sala, porque, pese a que favorece la condición jurídica de su defendido, fue aplicada por jueces que habían sido suspendidos por el Consejo de la Judicatura.

El fallo, que tiene fecha 30 de diciembre,  fue suscrito  por los jueces Víctor Guilcapi, Humberto Rodríguez  y  Joel Arias.

 El martes 29, el Consejo de la Judicatura emitió acciones administrativas en contra de Rodríguez y de Arias. Esa tarde, los dos fueron suspendidos por 30 días de sus funciones en la Corte de Esmeraldas, sin derecho a remuneración.

La sanción alcanzó, además, al secretario relator de la Corte, David Valencia, con el recorte del 10% de su remuneración. Él también firmó la última providencia. Los cuatro, según la Judicatura, retrasaron el trámite del juicio, junto a otros siete jueces de Guayas destituidos.

Llerena sostiene que la providencia de la Sala  carece de validez. La Judicatura informó que la mañana del miércoles 30 notificó la sanción a los jueces, en sus casilleros judiciales.

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