Sercop se pronunció sobre manejo mediático del contrato de 'call center' para el CNE

El Servicio de Contratación Pública (Sercop) emitió un comunicado sobre el control permanente que ejecuta a los procedimientos de las entidades públicas. El documento hace alusión al proceso de adjudicación del ‘call center’ que usará el Consejo Nacional Electoral (CNE), que se usará en el monitoreo de las elecciones del 2017.

El comunicado, publicado este miércoles 30 de noviembre del 2016, indica que “frente al tratamiento mediático sobre el proceso de contratación” del 'call center' se hacen varias precisiones.

La primera es que el Sercop realiza actividades de seguimiento, supervisión y control permanente a los procedimientos de adquisición de productos, bienes, obras y servicios que las entidades del Estado ejecutan.

“Estas actividades son regulares y constantes y constan en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP)”.

Previamente, la Secretaría pidió al CNE que presente pruebas y sustentos técnicos, hasta este viernes 2 de diciembre, que avalen la contratación de la empresa Representaciones Serviportex del Ecuador, como proveedor único de este servicio.

A esa firma se le adjudicó el pasado 15 de noviembre un contrato por USD 589 625, sin IVA. Se le dio 169 días para la ejecución, pero el Sercop cuestionó que el CNE no determinó el mecanismo para verificar que la firma disponga de los equipos requeridos.

Según el Sercop, a diario se tramitan 200 oficios de gestión de supervisión, control, denuncias y reclamaciones de los 1 800 procedimientos semanales, de las cinco funciones del Estado, gobiernos autónomos descentralizados, universidades y otros organismos públicos.

El presidente del CNE, Juan Pablo Pozo dijo el martes 29 de noviembre que la petición del Sercop no es una valoración de la entidad sino una denuncia ciudadana que la institución remite.

En el marco del debido proceso, las entidades públicas presentan información de descargo, y el Sercop en cumplimiento del artículo 33 de la LOSNCP emitirá recomendaciones de cumplimiento obligatorio, lo que incluye la declaratoria de desierto de los procedimientos, en los que hubiera lugar, aclaró la institución encargada de la contratación pública.

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