El artículo 304 del Código Penal dice que el tráfico de moneda será penado con cárcel de uno a tres años. Pero este 2 de junio del 2016 la justicia condenó a una persona a 12 meses de prisión. Esto ocurrió porque el detenido se cogió al denominado procedimiento abreviado, aceptó haber cometido el delito y le aplicaron la sanción más baja.
El juicio abreviado se introdujo en el Código Penal que está vigente desde el 10 de agosto del 2014. Desde entonces, las personas arrestadas por robo, tráfico ilícito de drogas, ingreso de artículos prohibidos a los centros carcelarios, tenencia y porte de armas, hurto o receptación de artículos robados son los que más han solicitado que se aplique esta figura jurídica.
El procesado fue detenido el 20 de mayo del 2016 mientras cargaban los paquetes, desde el subsuelo de un edificio, ubicado en Quito, hasta un vehículo.
Un segundo detenido será juzgado a través de un juicio normal. Mientras que otros tres quedaron en libertad, pues en la audiencia del pasado 21 de mayo no se calificó la flagrancia, ya que el criterio jurídico de la juzgadora, Ximena Rodríguez, fue que no se los encontró en acto ilícito.