La justicia indígena puede aplicarse para infracciones menores, pero “no para delitos graves como el asesinato”. El fiscal general, Washington Pesántez, lo enfatizó ayer.
Sin embargo, en Cotopaxi, 43 casos de homicidios y asesinatos fueron conocidos por la Fiscalía Indígena, entre febrero del 2008 y mayo del 2010. De ese total, solo 14 causas fueron tramitadas por la justicia ordinaria y se encuentran en etapa de instrucción previa o en auto de llamamiento a juicio (ver cuadro adjunto).
El resto de acusaciones (28) ya fue resuelto por la comunidad indígena. Pesántez calificó a esos ajusticiamientos como “formas humillantes de torturas”.
Las cifras están en un informe que presentó el ex fiscal de Asuntos Indígenas de Cotopaxi, Vicente Tibán, a la Fiscalía General. Él ocupó el cargo en mayo del 2008; pero resolvió casos anteriores. Por ejemplo, un asesinato juzgado en la Comuna Chilla Grande, conocido el 9 de febrero del 2008, recibió sentencia el 30 de diciembre del 2009, reza en el informe.
El último caso en sus manos fue el juzgamiento de Orlando Q., acusado por la muerte de Antonio Olivo, ocurrida el 2 de mayo.
Los dirigentes de la comunidad La Cocha, en Cotopaxi, sentenciaron al joven a cinco años de trabajo comunitario, con la prohibición de dejar el pueblo. Antes, lo maniataron para latiguearlo y bañarlo con agua helada, en presencia de los comuneros de la zona.
Pesántez anunció una investigación de la muerte de Olivo en la justicia ordinaria. Además, una instrucción contra los dirigentes que castigaron y retuvieron a Orlando Q. durante 15 días. “Eso se llama secuestro y deberán responder”, recalcó Pesántez.
El caso salpicó al fiscal Tibán, cuya renuncia fue aceptada en el Ministerio Público. Si avocó conocimiento de otros 42 casos de homicidio y asesinato a indígenas en Cotopaxi, ¿por qué la Fiscalía esperó el caso de Orlando Q. para removerlo?
Tibán dijo que su salida fue un pedido de las comunidades, pero por la tarde el fiscal Pesántez aseguró que en el Ministerio Público “no había cabida para un funcionario que piense en contra de la Constitución del Ecuador”.
Tibán afirmó anteayer que la muerte de Olivo ya fue juzgada y que el caso no podrá ser tramitado en la justicia ordinaria porque lo prohíbe la Constitución. Su hermana, la asambleísta Lourdes Tibán (Pachakutik), lo respaldó desde la Asamblea. Aseguró que existe un “total desconocimiento legal por parte de las autoridades del Estado sobre los derechos de los pueblos indígenas”.
Según ella, la única forma de revisar el caso sería por petición expresa de una de las partes y ante la Corte Constitucional. “Solo ese organismo tiene competencia”.
La asambleísta citó el artículo 171 de la Constitución: “Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres”.
Pero en la misma norma se establece que “las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos que no sean contrarios a la Constitución y a los DD.HH. reconocidos”.
Pesántez no respondió a las declaraciones de Tibán (su comadre), pero por la tarde organizó una rueda de prensa. Apareció con el fiscal indígena de Cayambe, Joselito Pallo. Él dijo que hablaba en representación del resto de fiscales de Asuntos Indígenas.
“Como en todo sistema de justicia, hay abusos y falencias que debemos corregir en la justicia indígena”, refirió Pallo. “Creemos necesario que se apruebe en la Asamblea una Ley que permita establecer los límites de la justicia indígena, con base en el respeto a la Constitución”.
Lourdes Tibán aseguró que el 1 de febrero ya presentó un proyecto de Ley, pero que aún no ha sido tramitado. “Exijo que la Comisión de Administración Legislativa lo califique, para que se inicie en el país un amplio debate”.