El juicio lleva cinco años y hasta ayer no tenían respuestas. En el 2007, al menos 87 guardias de seguridad denunciaron a sus patronos por el no pago de utilidades desde el 2006. En noviembre pasado, el caso llegó a la Corte Nacional de Justicia (CNJ) en casación, pero con la reestructuración de las salas especializadas, los demandantes no saben exactamente cuándo se analizará su causa.
Un informe oficial revela que el anterior alto Tribunal dejó pendientes al menos 10 491 juicios.
¿Cómo evacuar esos casos? Por lo pronto los jueces dicen que el hecho de pertenecer a dos salas al mismo tiempo haría que se acumule el trabajo y eso impediría despachar con agilidad.
El presidente de la CNJ, Carlos Ramírez, incluso dijo que es inconveniente que los magistrados estén en dos áreas. “Estamos preparando un proyecto de reformas para que los jueces vayan solo a una sola sala especializada”.
De hecho, en el artículo 183 del Código Orgánico de la Función Judicial se dice: “necesariamente cada jueza o juez integrará por lo menos dos salas, a excepción del Presidente de la Corte Nacional”.
Los ahora ex guardias de seguridad esperan que su caso se evacúe cuanto antes. “Hay muchos compañeros que están sin trabajo años”, contó Luis Merchán, quien encabeza al grupo.
Bolívar Bustillos, por ejemplo, es parte de ellos y dice que ahora trabaja en un taxi. “Tengo 48 años e hijos pequeños. A esta edad ya no me cogen en ningún lado”.
La jueza Mariana Yumbay advierte que la distribución de jueces en dos salas está legalmente establecida, pero que “obviamente (el trabajo) es muy fuerte en algunas salas”. Por eso indica que “lo más viable hubiese sido que cada juez integre una sola sala, pero no hay el suficiente número”.
¿Y los conjueces pueden ayudar a tramitar las causas? “Ellos tienen otras funciones según el Código Orgánico”, responde la jueza. Pero en el artículo 200 de esta normativa se indica que “los conjueces tendrán las mismas responsabilidades que los jueces”.
La cantidad de conjueces que se requiere también es incierta. Esto, pese a que en el artículo 51 del Reglamento del concurso de méritos y oposición para la selección y designación de servidores de la Función Judicial se indica que “se elegirán a 21 magistrados e igual número de conjuezas”.
Fuentes del Consejo de la Judicatura señalaron a este Diario que el número de esos funcionarios se establecerá en una reunión entre el Presidente de la Corte y los tres miembros de la Judicatura.
Hoy al medio día se tiene previsto que el Pleno de la Judicatura mantenga una reunión con Ramírez para definir la cantidad de conjueces que necesita la Corte Nacional, para resolver las más de 10 000 causas represadas.
De igual forma, el miércoles a las 09:30 se reunirá el Pleno de la Corte para analizar una posible reforma para aumentar el número de funcionarios que ayude a evacuar los expedientes.
No obstante, las opiniones sobre los mecanismo para reducir el trabajo de los magistrados están divididas y no hay claridad.
Durante los primeros días de trabajo, José Suing, titular de la Sala de lo Contencioso Tributario, admitió que es “inhumano que un juez pueda resolver tantas causas a la vez, ya que cada uno conformamos dos salas a la vez”.
La presidenta de la Sala de lo Penal, Ximena Vintimilla, también dijo que “necesitaremos ayuda para dar paso a las causas que heredamos y a las 7 000 que ingresan en promedio por año”.
Sin embargo, ayer el juez Wilson Merino declaró que se está analizando la posibilidad de que aparte de la ayuda de los conjueces se opte por ayuda de asesores para cada magistrado.
Según Merino, la Ley Orgánica de la Función Judicial, faculta a cada magistrado apoyarse en asesores y que estos conozcan los escritos. Es así que cada juez, a excepción de Ramírez, podría contratar a dos asesores. Pero esto se definirá en la reunión de mañana. El magistrado Jorge Blum, integrante de la Sala de lo Penal, aseguró que la última palabra “la tiene el Presidente de la Corte”. Por eso, los 20 jueces solo podrán dar sugerencias para la celeridad de la resolución de los casos.
El art. 200 de la Ley Orgánica de la Función Judicial, norma que solo el Pleno de la Judicatura y el Presidente de la Corte Nacional serán los que decidan sobre el número de conjueces o ayuda.