El Código Penal se aprobó y entrará en vigencia en seis meses

La Asamblea Nacional aprobó hoy, 28 de enero, el Código Orgánico Integral Penal (COIP), con la presencia de 123 asambleístas.  Mauro Andino, presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, como ponente, solicitó que se realicen dos votaciones.

Con 97 votos a favor, 25 negativos y una abstención, en el Pleno de la Asamblea Nacional se allanó totalmente al veto propuesto por el Ejecutivo al Código Penal, a excepción de cinco artículos (244, 477, 537, 553 y 624), que fueron ratificados en una segunda votación.

Estos cinco textos hacen referencia a la no afiliación a la Seguridad Social (artículo 244), que seguirá siendo una contravención con hasta siete días de cárcel; la sustitución de la prisión preventiva para mujeres embarazadas (art. 537), manteniendo el arresto domiciliario y la utilización del brazalete electrónico como posibles penas (art. 624); las listas consolidadas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre los delitos de terrorismo y su financiemiento, mencionado en el 553; y el reconocimiento de grabaciones en un proceso penal, en calidad de prueba que está en el art. 477.

De esta manera, el nuevo COIP será enviado al Registro Oficial. Entrará en vigencia 180 días después de su publicación.

La sesión de la Asamblea se extendió por más de cuatro horas, en las que el debate legislativo se centró principalmente en el homicidio culposo  por mala práctica profesional. Andino manifestó que esto "no debería ser debatido porque no ha sido incluido en el veto".

Asimismo aseguró que "en el artículo 511 se recoge un pedido de los profesionales de la salud" donde se señala que los fiscales solicitarán una "terna de profesionales" para determinar el delito.

Por su parte, Luis Fernando Torres, asambleísta de Creo, señaló que existe la posibilidad de impulsar una "reforma inmediata" para modernizar y aclarar el artículo sobre la mala práctica profesional. 

En rueda de prensa en horas de la mañana, la presidenta del Legislativo, Gabriela Rivadeneira, rechazó las movilizaciones del gremio médico por las críticas a la manera en que está escrito el artículo 146, que sanciona el homicidio culposo por mala práctica profesional.

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