Casi inexistentes. Así son las obligaciones legales para controlar el lavado de activos en las empresas de couriers que envían remesas al Ecuador, precisa el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (Gafisud) en su Informe de evaluación mutua sobre la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
El documento, al cual este Diario accedió, establece que el arribo de remesas (dinero generado por emigrantes); la operación de casinos y salas de juego; el trabajo de agentes inmobiliarios; la comercialización de metales y piedras preciosas; el servicio de administradoras de fondos y fideicomisos son actividades que requieren una legislación mayor, para reducir el riesgo de lavado.
“Ecuador no dispone todavía de un sistema unificado de registro inmobiliario, lo que dificulta sobremanera la posibilidad de eficaz identificación y rastreo de los inmuebles adquiridos con recursos provenientes de actividades ilícitas”, puntualiza el Gafisud en la página 68 del informe, fechado el 15 de diciembre.
El documento da cuenta de que en el país hay 11 115 agentes inmobiliarios y destaca que, asimismo, hay 411 notarios. Todos ellos, según el Gafisud, debieran ser sujetos obligados a informar sobre las transacciones en las cuales se presuma que existe lavado de dineros ilícitos.
“Los sujetos obligados registrados a mayo del 2011 (fecha de la visita en terreno) por la Unidad de Análisis Financiero (UAF) suman 328, en tanto que solo entre notarios y agentes inmobiliarios que todavía no se han registrado ante la UAF las entidades totalizan 11 526”, dice el Gafisud.
“En Ecuador existe la posibilidad de celebrar contratos de adquisición de bienes ante notarios, sin que la Notaría envíe directamente la escritura al registro inmobiliario, siendo este acto de responsabilidad del propio adquirente”, detalla el informe.
Fernando Carrión, académico de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), refiere que en el mundo el sector de la construcción es una de las principales áreas financiadas por lavado de activos.
El 12 de septiembre del 2011, EL COMERCIO publicó, basado en información del Gafisud y hecha pública en una seminario en la Flacso, que durante el 2010 en Ecuador se lavaron cerca de USD 1 100 millones y que de ese monto al menos 800 millones circulan en la economía legal.
Byron Valarezo, de la UAF, dijo que dichas las “aseveraciones” hechas por este Diario “carecerían de fundamentación y veracidad, convirtiéndose en inexistentes”. En el último informe del Gafisud se recogen los reportes enviados por la Dirección de Análisis de Operaciones de las misma UAF a la Fiscalía de Ecuador.
Según el Gafisud, Ecuador reportó oficialmente, en el 2010, USD 1 570 millones por lavado de activos (ver cuadro).
Al Gafisud le preocupa que no exista un sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo en las empresas inmobiliarias. “Las actividades y profesiones no financieras designadas (agentes inmobiliarios, venta, comercialización de piedras preciosas, etc. ), con excepción de los casinos, no forman parte del sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo”.
En el informe se manifiesta inquietud con las remesas. En la página 145 hay una recomendación para el país: “incluir una normativa que establezca procedimientos basados en el riesgo, para identificar y manejar las transferencias cablegráficas que no estén acompañadas por información sobre el originador (quien envía el dinero)”.
Sugiere, asimismo, que la Superintendencia de Compañías determine cuántas remesadoras y couriers operativos existen en el país y que se acelere su incorporación al sistema de prevención de ese delito. Cuestiona que las supervisiones realizadas por la Superintendencia para verificar si existe lavado de activos solo se realizan en las instituciones financieras y no en los couriers.
El Gafisud también refiere que no se han creado políticas y medidas que impidan la utilización indebida de la tecnología para lavar dinero o financiar el terrorismo, “en especial el dinero electrónico que hace transacciones sin presencia física o las que se realizan a través de cajeros u otras redes de depósito no personales”.
El fiscal Galo Chiriboga dice que en noviembre se presentó a la Asamblea una propuesta legal, para tipificar como delito informático a “toda acción consciente y voluntaria que provoca perjuicio a persona natural o jurídica”.
Otras observaciones
Según el informe, no existe protección legal para las entidades ni funcionarios que reporten operaciones sospechosas de buena fe, lo que desincentiva el reporte y transgrede la recomendación.
Hay poca colaboración en regular y controlar el sector financiero informal, especialmente los operadores de cambios en frontera y remesadoras de fondos no registradas.
No existe un sistema de prevención de abuso de las OSFL por parte del terrorismo.