La Comisión de Relaciones Internacionales y Soberanía de la Asamblea Nacional se reunió la mañana de este lunes 10 de octubre del 2016. Foto: Tomada del Flickr de la Asamblea
En la Comisión de Relaciones Internacionales y Soberanía de la Asamblea Nacional se afinan detalles del informe para el primer debate sobre el Proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana. Así lo indicó la legisladora Dora Aguirre (Alianza País), vicepresidenta de esa mesa, durante la última reunión que mantuvieron los legisladores.
Explicó que con la normativa se busca regular los derechos de las personas en movilidad humana, de los ecuatorianos que residen en el exterior y los que retornan; también las condiciones para quienes llegan al país como refugiados asilados o apátridas. “Con el proyecto de ley se definirán las responsabilidades institucionales del órgano rector de la política móvil pública migratoria, que en este momento es el Ministerio de Relaciones Exteriores”, dijo Aguirre.
Explicó que en la tercera semana de octubre estará listo el informe para primer debate. “Esperemos que de forma inmediata pase al Pleno. De acuerdo a los tiempos alcanzamos perfectamente el segundo debate en diciembre”.
En la última reunión de la Comisión de Relaciones Internacionales se abordó la concesión del permiso de residencia permanente y los requisitos para que los extranjeros soliciten en ese documento en Ecuador.
“Uno de los requisitos que se plantea es solicitar un certificado de antecedentes penales a la gente. El pasado judicial no se puede, según la Constitución de la República, pues se fomentaría la discriminación”, precisó Aguirre.
“Si alguien tiene un pasado judicial y lo cumple pagando su condena, entendemos que con eso queda saldado. Por lo tanto, el requisito sería pedir el certificado de antecedentes penales que se solicita en cualquier parte del mundo (…) Creemos que pedir ese documento de hace tres años es suficiente”, añadió.
Entre las finalidades del proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana son:
Regular la permanencia temporal o definitiva de extranjeros en Ecuador.
Normar el proceso de retorno voluntario de la comunidad ecuatoriana radicada en el exterior y el reconocimiento de la condición de migrante retornado.
Definir los documentos de viaje, tipología, uso y vigencia.