Con el ajuste del salario básico también cambió el monto para el pago de las trabajadoras remuneradas del hogar.
El pasado 19 de diciembre los integrantes del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS) acordaron un ajuste de USD 9, el más bajo de los 10 años de Gobierno.
Maritza Zambrano, titular del Sindicato Nacional Único de Trabajadoras Remuneradas del Hogar, cree que, de todos modos, el alza es positiva.
En el 2010 los sueldos de las trabajadoras domésticas se equipararon al del resto de trabajadores. Ese año el monto pasó de USD 200 a 240.
Durante el Régimen también se reforzó el control para la afiliación a la seguridad social de este segmento laboral y se establecieron nuevas leyes para su protección como, por ejemplo, la Ley de Defensa de los Trabajadores, que establece que laborarán 40 horas semanales como cualquier empleado en el país.
La contratación de estas trabajadoras, además, tiene sus particularidades. En el caso de incumplimiento se establecen sanciones monetarias.
Joaquín Viteri, exdirector del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y abogado laboral, explicó que las trabajadoras del hogar “tienen derecho a todas las remuneraciones: décimos, fondos de reserva, vacaciones. No existe ninguna marginación con relación a los derechos generales”.
Estos aspectos han sido difundidos por las colocadoras de empleo. Mónica Farías, de la agencia La María, explicó que, además, de los pagos que los patronos hacen por ley a estas trabajadoras hay algunos que, voluntariamente, cancelan un valor extra por transporte.
Esta empresaria considera que un alza de USD 9 en el salario no impactará a los patronos porque es mínimo. En su agencia, en el 2016 las contrataciones han sido bajas debido a la situación económica del país.
“En octubre y noviembre mejoró la cosa”.
La jubilada María Silva enfermó de sus várices el año pasado y hubiera querido tener a alguien quien le ayude en casa. Pero no le alcanzó para pagar todos los rubros y tuvo que turnarse con su hija para la limpieza de la casa.
Las personas que cuentan con servicio doméstico realizaron un ligero ajuste en la contratación de estos servicios. En septiembre del 2016, del total de subempleados, 2,8% eran del sector doméstico, lo que supone un pequeño aumento respeto del 2015 cuando 2,5% de trabajadores subempleados eran de ese segmento, según la última encuesta de empleo del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
Los subempleados, define el INEC, son ocupados que reciben ingresos inferiores al salario básico y/o trabajaron menos de la jornada legal, pero tienen disponibilidad de trabajar más. Pero esto no es generalizado, pues el dato de empleo siguió relativamente estable hasta septiembre en este segmento, según el INEC.
Maximina Salazar, titular de la Asociación de Trabajadoras Remuneradas de Guayaquil, cree que, si bien la obligación de afiliación a la seguridad social y el pago de beneficios mejoraron las condiciones de sus compañeras, la oferta de empleo bajó. “Se busca el servicio de limpieza por horas, por ejemplo, que lo hacen empresas”. Según el gremio, en Guayaquil hay unas 100 000 trabajadoras.
No olvide
Las personas que laboran como empleadas domésticas a tiempo completo deben ganar como mínimo USD 375, más los beneficios que establece de ley.
Los patronos deben registrar los contratos de las trabajadoras. Allí debe constar el sueldo que van a recibir, modo de empleo, horas de labor. Es en línea.
Las empleadas domésticas deben estar afiliadas al IESS. Al empleador le corresponde pagar un aporte de 11,15% del salario. El trabajador aporta con el 9,35%.
El período de prueba de una trabajadora del servicio doméstico, por Ley, es de 15 días. En esos días cualquiera de las partes puede terminar el contrato.
Durante los fines de semana y feriados una empleada doméstica puede trabajar, pero por cada hora extra se paga el doble que por una hora normal de trabajo.
Las trabajadoras remuneradas del hogar que laboran en jornada parcial permanente o medio tiempo tienen derecho a recibir un sueldo proporcional.
El Ministerio del Trabajo puede imponer multas al patrono si este incumple con las normativas laborables. Las inspectorías de trabajo absuelven dudas ciudadanas.
De tres a siete días de prisión es la pena para un patrono por no afiliar a las empleadas domésticas al IESS, según el Código Orgánico Integral Penal (COIP).