A pedido de Rolando Ortega, del CNE

En la edición del 2 de diciembre,se publica ‘El CNE bloquea la consulta de Lasso y Montúfar’. El CNE aclara que el Pleno del Consejo Nacional Electoral no autorizó la entrega de los formularios debido a que el ciudadano Carlos Darío Padrón Romero aún no ha cumplido lo que establece el artículo 100 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional que determina ‘que todo proyecto de enmienda o reforma constitucional debe ser enviado a la Corte Constitucional para que indique cuál de los procedimientos previstos en la Constitución corresponde” y el artículo 67 del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional, que dice: ‘el proyecto de enmienda o reforma constitucional cuya iniciativa provenga de la presidenta o presidente de la República, de la Asamblea Nacional o de la ciudadanía (...) será presentado en la Secretaría General de la Corte Constitucional...”.

Por lo expuesto, el CNE en ningún momento niega ni ‘bloquea la Consulta de Lasso y Montúfar’.

Nota de la Redacción
En la edición de ayer, este Diario publicó las declaraciones del consejero Juan Pablo Pozo, quien aclaró que el Consejo Nacional Electoral no negó la consulta popular a Compromiso Ecuador sino la entrega de formularios porque el procedimiento así lo establece para consultas sobre materia constitucional.

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