Regulación de monopolios

No es ajena a los ecuatorianos la gran actividad legislativa en la expedición de nuevas leyes y reforma de otras. Las nuevas leyes que están pasando a regular áreas que en Ecuador no se han normado quizá nos sorprendan, pero si tomamos como referencia el contexto internacional varios países como México, Chile, Perú, Colombia, entre otros, han expedido sus leyes sobre competencia con anterioridad. El asambleísta Ing. Rafael Dávila Égüez presentó ante la Asamblea Nacional el proyecto de ley de su autoría: Ley Orgánica de Libre Competencia Económica, mismo que propone la creación del Consejo Ecuatoriano de la Competencia órgano adscrito a la Superintendencia de Compañías que se encargaría de la regulación, promoción, defensa y control de la libre competencia económica. Estaría conformado por el Superintendente de Compañías, quien lo presidiría, un vocal designado por el Presidente de la República, un vocal por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, un vocal por la Federación de Cámaras de Producción y un profesional del Derecho en competencia económica por las universidades y escuelas politécnicas. El Ejecutivo también ha preparado su proyecto: Ley Orgánica de la Competencia, Control y Regulación de los Monopolios. El proyecto propone una estructura independiente, autónoma mediante la creación de la Superintendencia de la Competencia presidida por el Superintendente, máxima autoridad administrativa, nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. El Comité Ecuatoriano de la Competencia sería la máxima y única autoridad resolutiva y sancionadora que estaría conformada por 6 vocales entre principales y suplentes designados por el Superintendente; y, el Fiscal Nacional de la Competencia, quien sería la autoridad investigativa en prácticas anticompetitivas. Las facultades de investigación son las más amplias pero incluso riesgosas. Por ejemplo, cualquier persona que deseare proveer información podría solicitar la confidencialidad de su identidad y origen de la información, disposición que se prestaría al espionaje industrial y que coartaría el derecho a la debida defensa.

El proyecto oficial regula prácticas contrarias, abuso de posición de dominio, concentración económica, actos del poder público, mercado relevante, procedimientos para autorizaciones excepcionales y previas, infracciones, medidas correctivas y sanciones. Importante sería que se analicen  artículos que podrían crear inseguridad para los actores económicos, que se cumpla en estricto sentido con los requisitos exigentes y apropiados para las personas que asumirían cargos, sin dejar de referir la importancia de la objetividad de las autoridades que los ejerzan en un órgano del poder Ejecutivo.

Columnista invitada

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