Las reformas a la ley antilavado contemplan ente sancionador

El Código Integral Penal sanciona el lavado de activos con cárcel hasta los 13 años. Foto: Archivo: J. Navarro / EL COMERCIO

El Código Integral Penal sanciona el lavado de activos con cárcel hasta los 13 años. Foto: Archivo: J. Navarro / EL COMERCIO

El Código Integral Penal sanciona el lavado de activos con cárcel hasta los 13 años. Foto: Archivo: J. Navarro / EL COMERCIO

Cinco cambios fuertes propone el proyecto de reformas a la Ley de Prevención y Erradicación de Lavado de Activos, que ahora se tramita en la Asamblea.

El Pleno de este organismo analizó ayer el documento en segundo debate. Entre las reformas más importantes está el incluir un artículo más en el Código Integral Penal que sanciona la defraudación tributaria por medio de terceros.

Es decir, se castiga a quienes utilicen a personas naturales o entidades fantasmas, dentro o fuera de Ecuador, para no cumplir con las obligaciones tributarias en el país.

Otro cambio se hace a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), que actualmente depende de la Procuraduría.

La reforma a la Ley convierte a la UAF en una entidad autónoma, adscrita al Ministerio Coordinador de la Política Económica y además le cambian su nombre por Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).

El proyecto original fue presentado por el presidente Rafael Correa en noviembre del 2015 y establecía que esta entidad estaría adscrita el Ministerio del Interior. Sin embargo, la Comisión de Régimen Económico consideró la “experiencia y doctrina internacional” para vincular a la UAFE con el Ministerio Coordinador.

Una tercera reforma es acerca de las competencias que tendrá este organismo. La norma propone que la UAFE sancione a las empresas o personas que no envíe los reportes de operaciones y transacciones sospechosas.

Las sanciones van desde multas económicas hasta la suspensión de operaciones de forma temporal y definitiva.

Para el asambleísta Luis Fernando Torres, esta norma afectaría a los pequeños empresarios que no cuenten con contadores o que carezcan de sistemas de detección de lavado.

El asambleísta Ramiro Román, en cambio, dijo que esta ley tiene un objetivo “simple”, que es “fortalecer la Unidad de Análisis Financiero” para que los casos lleguen a sentencia.

En la reforma a la Ley se describen además los tipos de negocios que deben informar a la UAFE. Entre los que se obligan a declarar están los notarios, promotores culturales, agencias de turismo, casas de empreño, montes de piedad, vendedores de joyas, entre otros.

Una quinta reforma permitirá a la UAFE incluir y solicitar informes económicos de cualquier negocio, incluso de los que no constan en esta ley.

Tras finalizar el debate, mañana la Asamblea tiene previsto realizar la votación final.

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