El conductor que circule a exceso de velocidad podrá ser sancionado por dos tipos de contravenciones. Estas se aplicarán una vez que la reforma a la Ley Orgánica de Tránsito se publique en el Registro Oficial.
Según el artículo 142, los conductores que excedan, dentro de un rango moderado, los límites de velocidad permitidos pagarán una multa del 30% de la Remuneración Básica Unificada (USD 78) y se les rebajará seis puntos en la licencia de conducir.
Habrá un margen de velocidad que determinará la gravedad de la contravención. Así, quienes rebasen ese rango moderado, que aún no se define, serán sancionados con tres días de prisión, una Remuneración Básica Unificada (USD 260) y 10 puntos menos en la licencia (art. 145).
Por ejemplo, si en una avenida el límite de velocidad es de 70 km/h para los vehículos livianos, el rango moderado podría ser de 40 km/h más. Es decir, que un conductor que circule a una velocidad de entre 70 y 110 km/h será sancionado con el artículo 142. Pero un chofer que exceda los 110 km/h será sancionado con el art. 145 e irá detenido.
Ricardo Antón, director ejecutivo de la Comisión Nacional de Tránsito, explicó que estos márgenes de velocidad se establecerán sobre un estudio técnico, en el cual se determinará el tipo de vía, nivel de servicio, flujos vehiculares y peatonales. Los nuevos límites de velocidad y los rangos serán establecidos a través de una reforma al Reglamento de la Ley Vial.
Dentro del perímetro urbano, los límites de velocidad se sobrepasan con facilidad. Ayer, el sargento César Cando realizó un control de velocidad en la av. Galo Plaza Lasso y Nicolás Urquiola.
Con una pistola láser, el uniformado registró la velocidad de los buses que circulaban por esa vía. De 14 unidades de transporte controladas, 10 sobrepasaron la velocidad límite de 40 km/h.
Para Antón, el endurecimiento de las sanciones busca reducir el número de accidentes y la inseguridad en las vías. De las 112 654 contravenciones graves de primera (art. 142), registradas en el 2010 a escala nacional, 15 630 (13,8%) fueron por rebasar los límites de velocidad.
Según la Policía, ese número de contravenciones tiene relación directa con la accidentabilidad.
A escala nacional, el exceso de velocidad es la segunda causa de accidentes. Según datos de la Dirección Nacional de Tránsito, en el 2010 hubo 16 405 accidentes de tránsito, 2 557 (16%) se debieron al exceso de velocidad.
Geovanny Pumisacho, del Departamento de Ingeniería de Tránsito, explicó que en las vías perimetrales y en carreteras, esta contravención es más recurrente. En la Panamericana Norte, a la altura de Calderón, se realizó otro control de velocidad. El promedio fue de 84 km/h.
La falta de señalización y diferenciación entre vías urbanas, perimetrales y carreteras es otro problema. De sur a norte, en la av. De la Prensa hay 105 señales de tránsito. Solo en ocho se indica 50 km/h como velocidad máxima. De norte a sur, en la av. Mariscal Sucre, entre El Condado y la av. Ajaví, hay 78 señales de tránsito. Solo la cuarta parte (19) indica el límite de velocidad o advierte el cruce peatonal.
De norte a sur, en la av. Simón Bolívar, desde Carapungo hasta el sector del barrio Oriente Quiteño, solo hay siete señales que indican la velocidad permitida. Según el reglamento vigente, el límite es de 90km/h para vehículos livianos, en vías perimetrales. En la Simón Bolívar se han registrado velocidades de más de 120 km/h.
La Comisión Nacional de Tránsito distribuirá 70 fotorradares para el control de velocidad en todo el país. Con estos aparatos se puede registrar una fotografía del momento de la infracción con datos como hora, fecha y velocidad de circulación. Antón aseguró que antes se realizará una auditoría vial para establecer los lugares más críticos. En Quito, la Policía de tránsito trabaja con 76 pistolas láser. No hay fotorradares.