Pruebas negativas como requisito para volar entre Quito y Guayaquil serán obligatorias hasta el 21 de julio

Imagen referencial. Resultado negativo de prueba covid-19 será un requisito para viajeros en vuelos domésticos en Ecuador hasta el 21 de julio del 2020. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

Imagen referencial. Resultado negativo de prueba covid-19 será un requisito para viajeros en vuelos domésticos en Ecuador hasta el 21 de julio del 2020. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

Imagen referencial. Resultado negativo de prueba covid-19 será un requisito para viajeros en vuelos domésticos en Ecuador hasta el 21 de julio del 2020. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional aprobó la prórroga solicitada por el Municipio de Guayaquil para aplicar pruebas de detección de covid-19 a todos los pasajeros en el lugar de origen de los vuelos entre Quito y Guayaquil.

Según el COE, la prórroga será hasta el 21 de julio. Inicialmente ese requisito para volar vencía el 7 de julio, pero ahora se extenderá por 15 días.

La nueva resolución se concretó tras la última reunión de este organismo, que se cumplió ayer, viernes 3 de julio del 2020.

El COE resolvió que podrán viajar los pasajeros que tengan una prueba PCR o cuantitativa negativa realizada en laboratorios autorizados hasta 72 horas antes del viaje.

“Quienes no tengan estas pruebas, podrán realizarse pruebas rápidas en laboratorios autorizados o en los puntos habilitados en los aeropuertos, hasta con 24 horas de anticipación al día y hora de vuelo”, informó el COE.

Si es que estas pruebas muestran como resultado positivo, los pasajeros no podrán tomar los vuelos.

A partir del 21 de julio, indicó el COE nacional, las pruebas serán aleatorias. Es decir, no se tomarán a todos los pasajeros. Para ese fin se solicitó a las empresas concesionarias de los aeropuertos de Quito y Guayaquil para que se encarguen de la coordinación del control y la toma de pruebas, junto a las autoridades sanitarias y locales.

Quienes realizaron y cumplieron con el período de Alojamiento Preventivo Obligatorio (APO) podrán presentar el certificado de culminación de ese tiempo como requisito para abordar un vuelo doméstico. Según el COE, para estos casos no será necesaria la prueba negativa.

De entre las nuevas resoluciones aprobadas por el COE se indicó además que deberán revisarse los protocolos y lineamientos emitidos durante la emergencia sanitaria para garantizar el cumplimiento de los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas del país.

Esto a propósito de lo ocurrido en la comunidad Kumai (en Pastaza) donde el COE aprobó “la exhumación del cuerpo del ciudadano Alberto Mashutak siempre que se cumplan los protocolos recomendados para este efecto. La comunidad deberá ser informada sobre los riesgos de contagio”.

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