La decisión del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), de sancionar a la revista Vistazo por un editorial publicado la víspera de la consulta popular del 7 de mayo del 2011, generará un precedente jurídico peligroso para otros medios de comunicación en el país.
Es la conclusión a la que llegaron un jurista, un ex vocal elec-toral y un periodista. La razón: el inciso 3 del artículo 221 de la Constitución señala que los fallos y resoluciones del TCE “constituirán jurisprudencia electoral”. Es decir, que podrán servir de base para tomar otras decisiones.
El ejemplo más claro son las demandas de inconstitucionalidad a las reformas al Código de la Democracia que, entre otros temas, restringen la libre publicación de reportajes, entrevistas o especiales que incidan en los votantes en los días de la campaña electoral.
En este marco, la sanción a Vistazo se convierte en un espalda-razo para la Corte Constitucional que podría estudiar los argumentos emitidos en esa sentencia para finalmente desechar las cinco demandas que se plantearon y así dejar en firme las reformas del presidente Rafael Correa.
Entre los argumentos que expusieron los jueces electorales para imponer la multa de USD 80 000 a Vistazo están que únicamente aquellas personas y grupos que cuentan con la debida autorización del Consejo Nacional Electoral (CNE) pueden promocionar sus preferencias. En definitiva, que “toda propuesta que dentro del proceso electoral tenga como objetivo buscar la adhesión a una de las opciones de voto debe ser entendida como propaganda electoral y está sometida a este régimen jurídico”.
El jurista Santiago Guarderas sostiene que con esta lógica, de ahora en adelante, las opiniones vertidas en los medios de comunicación estarán sujetas a la subjetividad de los jueces. Así, en el futuro si se presenta una denuncia similar, esta sentencia del TCE servirá como base para fallar contra otro medio de comunicación.
“Este nefasto precedente es una clara señal de amedrentamiento a los medios de comunicación, lo que se está generando es una violación a la Constitución”. Es la opinión del ex vocal del Tribunal Supremo Electoral, Medardo Oleas. Para él, el objetivo es generar una autocensura en los medios para evitar críticas al Gobierno, durante la campaña que se avecina.
“Este Código junto con el precedente del fallo a Vistazo acorralan a los medios de comunicación”, dice el director de la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (Aedep) Diego Cornejo, para quien la sentencia forma parte de una estrategia política.
Otra de las críticas es que el Tribunal confundió a los sujetos políticos con otros actores sociales. Pero el TCE ha sido claro: “No se puede tolerar que las personas o grupos no autorizados realicen propaganda de manera indiscriminada y que, por el solo hecho de no ser considerados sujetos políticos, puedan quedar al margen del régimen sancionador”.
En conclusión, para Guarderas, Oleas y Cornejo no habrá libre expresión en el país, pues los medios no podrán realizar reportajes, especiales, entrevistas, así como tampoco expresar opiniones.