En 45 días aproximadamente el juez Alfonso Luz emitirá su informe sobre las cinco demandas de inconstitucionalidad presentadas, en contra del veto presidencial al Código de la Democracia.
Ayer, las organizaciones sociales que presentaron las demandas y los delegados de la Presidencia, de la Asamblea y de la Procuraduría emitieron sus argumentos a favor y en contra de los temas que fueron incluidos por el Jefe de Estado en la objeción parcial a las reformas electorales.
Sin embargo, lo que se inició como una exposición jurídica, terminó en un discurso político, del delegado de Carondelet, Vicente Peralta. En su última intervención, el funcionario de la Asesoría Jurídica de la Presidencia, cuestionó el rol de los medios de comunicación y los calificó de ser actores políticos.
Por ello, justificó la decisión del presidente Rafael Correa de introducir el inciso cuarto en el artículo 203 del Código de la Democracia, que restringe a los medios de comunicación la posibilidad de publicar y difundir cualquier tipo de reportajes que pueda incidir a favor o en contra de un determinado candidato, durante la campaña electoral.
“Los medios ya no son orientadores de la opinión pública. Ahora somos todos los ciudadanos los periodistas, los que podemos informar. Si los medios fueran los promotores de la libertad de expresión de los ciudadanos, entonces deberíamos estar todos reflejados ahí, y no solo los dueños de los medios”, señaló Peralta.
Incluso, dijo que tenía algunos videos en los cuales se evidenciaban las tendencias políticas de unos entrevistadores que “creen” que pueden “decir lo que deseen, solo porque tuvieron la suerte de aparecer en pantalla”.
Para la Unión Nacional de Periodistas (UNP) y la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad San Francisco, quienes impugnaron el artículo 203, el Ejecutivo busca restringir el acceso de los ciudadanos a informarse libremente sobre las propuestas de los candidatos.
Sin embargo, la Procuraduría considera que no hay ninguna violación a la libertad de expresión. Su delegado, Andrés Castillo, explicó que el objetivo del Primer Mandatario era lograr la “igualdad” entre todos los aspirantes a ocupar un cargo de elección popular. “Se ha dado rienda suelta a la interpretación de la norma. No se han establecido los argumentos de forma clara y precisa para pedir la inconstitucionalidad. Pido a la Corte Constitucional que deseche las demandas por improcedentes e imprecisas”, manifestó Castillo.
El caso pasará al Pleno del organismo una vez que el juez Luz emita su informe y el presidente de la Corte, Patricio Pazmiño, lo ponga en el orden del día.
A la espera de este último paso están algunos casos polémicos, como la demanda de inconstitucionalidad del Decreto Presidencial 813, sobre las renuncias obligatorias del sector público.
Asimismo, está pendiente la demanda del delito de desacato, que sanciona los delitos de opinión. Este proceso cuenta ya con el informe del magistrado Luz. Según fuentes de la Corte el juez se pronunció a favor de declarar ilegal la norma, con la que se ha juzgado a periodistas.
Otro tema pendiente es el caso de la Cervecería Nacional, que levantó la polémica de supuesta corrupción en la Corte.
Los temas que fueron impugnados ayer
Restricción a la cobertura periodística
Los demandantes consideran que el artículo 203 del Código coarta la posibilidad de los ciudadanos de informarse sobre el proceso electoral y los candidatos. Además, deja espacio a la interpretación sobre qué es lo que se puede entender como información a favor o en contra.
El Gobierno se defiende y aclara que el derecho de la libertad de expresión no se puede considerar como exclusivo de la prensa. También cree que de esta manera se evitará que los medios asuman roles políticos en la campaña electoral, frente a una determinada candidatura.
El método de asignación de escaños
Los demandantes aseguraron que la inclusión del método D’Hont para asignar dignidades en las elecciones pluripersonales favorecerá a las mayorías, al entregarles un mayor número de escaños, a pesar de que esto no vaya de acuerdo con los votos obtenidos en los comicios.
El oficialismo. La Procuraduría y el Gobierno aseguran que el método D’Hont permite la participación ciudadana, pues le da el valor real a cada voto. Asimismo, manifestaron que este mecanismo de asignación de escaños es legal porque ha sido utilizado en otros procesos electorales.
Temas no debatidos por la Asamblea
Los peticionarios aseguraron que la Constitución y el Código de la Función Legislativa establecen una limitación para que el Ejecutivo incluya, en el veto, artículos o temas que no fueron discutidos por los asambleístas. Incluso, el delegado de la Asamblea PabloVásquez lo reconoció.
La Presidencia y la Procuraduría explicaron que la Constitución reconoce la facultad y el derecho del Primer Mandatario a ser colegislador. “Si en 30 días la Asamblea no pudo allanarse o ratificarse en sus decisiones, no es problema del Presidente”, dijo Andrés Castillo, de la Procuraduría.
La licencia sin sueldo para la reelección
Los demandantes creen que el presidente Correa busca “beneficiarse” de los recursos del Estado, para participar en una posible reelección. Y consideran que el articulado del Código promueve un mal uso de los recursos del Estado, “como lo hizo en la consulta”, dijo Ciro Guzmán, del MPD.
El Gobierno y la Procuraduría están convencidos de que esta norma no busca favorecer a nadie, puesto que el mismo Código de la Democracia y el Código Penal ya sancionan el mal uso de los recursos públicos. Además, afirman que la Contraloría se encarga de revisar el uso de bienes y fondos.
Reformas un año antes de los comicios
Santiago Guarderas, abogado de la UNP, dijo que estas reformas no podrían aplicarse en las próximas elecciones, porque no se puede establecer ningún cambio a la ley electoral un año antes de las elecciones. “Caso contrario esto beneficiaría al Gobierno, para ponerlas a su favor”.
El delegado de la Presidencia explicó que las reformas se hicieron en los primeros días de febrero, conforme consta en el Registro Oficial, y las elecciones serán el 17 de febrero del 2013, es decir un año y unos días luego de las últimas modificaciones al Código de la Democracia.