Hoy, el Pleno de la Asamblea debate, en última instancia, el proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Participación Ciudadana y al Código de la Democracia, que norma los procesos de revocatorias del mandato de las autoridades.
Este texto se empezó a trabajar luego de que la Corte Constitucional acogiera la demanda de inconstitucionalidad contra estos procesos, sugiriendo al Legislativo trabajar una ley que delimite su alcance.
Esa decisión causó malestar entre varios ciudadanos, que habían iniciado pedidos de revocatorias. Entre ellos, el ex presentador de TV Carlos Vera, quien promovía la salida del presidente Rafael Correa por “incumplir su mandato”.
El único requisito que la Carta Política había establecido era la recolección de firmas equivalentes al 10% de habitantes del padrón local para gobiernos seccionales y del 15% para Mandatario.
Sin embargo, ahora, la Comisión de Gobiernos Autónomos de la Asamblea estableció nuevos requisitos y límites para iniciar los pedidos de revocatorias.
Así, por ejemplo, se definieron que para circunscripciones territoriales de hasta 5 000 electores se debe recoger el 25% de firmas de respaldo, el 20% para ciudades con hasta 10 000 electores; y así sucesivamente hasta llegar al 10% para revocatorias de autoridades de las circunscripciones más grandes. Para Presidente se mantiene el 15%.
Asimismo, los plazos para la recolección de las rúbricas de apoyo serán inferiores cuando se trate de lugares que tengan menor número de habitantes y de hasta 180 días, cuando se trate de una revocatoria nacional.
Una de las limitaciones que se estableció para pedir la revocatoria de mandato es que no se aceptará la solicitud si proviene de alguien que pueda tener conflicto de intereses. “La idea es que, por ejemplo, el Vicealcalde no pueda pedir la salida del Alcalde, porque es obvio que de esa revocatoria saldría ganando el Vicealcalde porque él ocuparía el cargo de Burgomaestre. Y tampoco que pida el candidato que perdió las elecciones”, explicó la asambleísta de Pachakutik, Diana Atamaint, miembro de la Comisión de Gobiernos Autónomos.
También se determinó que solo se podrá solicitar la remoción de una autoridad luego de cumplido el primer año de gestión y antes del último. Y además, por una sola ocasión durante su período.
El proyecto legal estable además, la posibilidad de que el funcionario que es cuestionado pueda impugnar las críticas en su contra. Para ello, tendrá un plazo de siete días en los que deberá argumentadamente y por escrito las razones por las cuales, a su criterio, no proceden los cuestionamientos hechos.
Una vez que se haya dado paso a la impugnación, las dos partes podrán intervenir en debates públicos, en los medios de comunicación, privados y públicos, de cada circunscripción. Esto será solamente para fines informativos y será regulado por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Luego de ello, el organismo electoral tendrá un plazo de siete días para admitir o negar la solicitud de revocatoria.
En el mismo proyecto se establecieron nuevos rubros para las multas para quienes no hayan sufragado en los procesos electorales (10% de una remuneración básica unificada) y para las personas que no conformaron las juntas receptoras del voto (15% del salario). El debate se iniciará desde las 09:30, y según los asambleístas de la Mesa de Gobiernos Autónomos, cuenta con el respaldo de la mayoría de bloques. La norma que se apruebe no tendrá efectos retroactivos.