La Asamblea Nacional se allanó, el jueves pasado, al veto parcial que el presidente de Rafael Correa hiciera al proyecto de Ley del Deporte, Educación Física y Recreación.
Con 99 votos a favor, 10 abstenciones y uno en blanco, los asambleístas aceptaron las sugerencias del Ejecutivo. La Ley entrará en vigencia una vez que sea publicada en el Registro Oficial.
Además, con 108 votos a favor, de 111 asambleístas presentes en la sesión, el Pleno del Legislativo aprobó el texto del artículo 14, literal k. Este apartado obliga al Ministerio del Deporte, en coordinación con los gobiernos municipales, a planificar y ejecutar proyectos y a darle mantenimiento a la infraestructura deportiva que se encuentra bajo su control.
En el texto aprobado en el segundo debate y que fue remitido al Ejecutivo, esa facultad la tenían exclusivamente el Ministerio sectorial. Eso se contraponía al artículo 264, numeral 7, de la Constitución de la República que consagra a esa como una competencia exclusiva de los municipios.
El allanamiento implica también cambios en la conformación de los directorios de las federaciones deportivas provinciales. El veto excluye de estos organismos a los representantes de las ligas barriales, estudiantiles y del Ministerio de Educación.
Según Celso Maldonado, asambleísta de Alianza País, “no era consecuente que estos organismos tengan representantes en los directorios porque tienen su propia estructura y su coordinación la realizarán directamente con el Ministerio del Deporte”.
Así, los directorios estarán conformados por dos representantes de las organizaciones deportivas provinciales; dos del Ministerio sectorial en el área técnica y administrativa; uno de los deportistas; uno del Ministerio de Salud; uno de los gobiernos municipales de cada provincia y otro de los entrenadores, con voz pero sin voto.
Según Roberto Gilbert, presidente de la Federación Deportiva del Guayas, “las consecuencias de las equivocaciones de los asambleístas serán graves”.
A partir la publicación de la Ley en el Registro Oficial, el Ejecutivo tendrá 120 días para elaborar un reglamento. A partir de aquello los presidentes de los organismos deportivos que reciben fondos del Estado deberán convocar a elecciones en un plazo de 90 días y no de 360 como estipulaba originalmente el texto.