Marco Proaño Maya, ex legislador y ex vicepresidente del Congreso
¿Por qué está aquí?
Su experiencia. Marco Proaño Maya fue legislador, desde 1969, durante seis períodos, sumando 22 años.
Su punto de vista. Dice que en el Pleno de la Asamblea Nacional ya no se debaten las leyes, solo se votan los textos.
El actual procedimiento parlamentario para la aprobación de las leyes da poco espacio al debate interno y externo. ¿Cree que esto impide al enriquecimiento de los textos que se aprueban?
En el proceso de elaboración de otras leyes, actualmente, se han dado cambios y visiones respecto a su aprobación. Históricamente, la aprobación de una ley necesitaba de dos debates y, en el segundo, el Parlamento tenía la opción de contradecir, afirmar, innovar o reformar los textos que venían desde el primer debate, en una aprobación artículo por artículo. En cambio en la actualidad, el Parlamento como institución ha resignado su facultad de legislador en favor de una comisión legislativa. Y el debate parlamentario de ideas y de propuestas se reduce al informe de esa comisión.
El hecho de que no se escuchen a otras voces y sectores sociales ¿puede incidir en que se apruebe una ley con poca conexión con la realidad del país?
La ley es la función superior del Poder Legislativo y la ley tiene que ser construida con las distintas visiones de un país sin la representación parlamentaria. Lo otro repugna a la lógica jurídica.
Para el actual esquema se argumentan los tiempos de aprobación de las leyes y como una forma de destrabar el trámite. ¿Qué dice Ud?
La iniciativa legislativa es muy importante en el proceso de elaboración de las leyes y el país ha visto que el Parlamento ha renunciado a su facultad de legislador para que toda, o casi toda, la iniciativa legislativa la tenga únicamente la Función Ejecutiva.
Es decir, una Asamblea con limitaciones en su esencia.
Exactamente. Porque, además, si no hay el debate parlamentario en la elaboración de las leyes lo que se produce es que entran en vigencia leyes con anacronismos legislativos, con contradicciones normativas en el mismo cuerpo de leyes; eso el país lo ha comprobado en distintas leyes aprobadas por la Asamblea. Y eso no le hace bien a la organización de la sociedad y a la seguridad jurídica.
Además hay limitada participación de sectores sociales y económicos de la sociedad.
En la función de legislador con la que me honró mi provincia (Imbabura) y el país, impulsé gran parte de la legislación social que actualmente existe en el Ecuador. Y no tuve necesidad sino mi conciencia de ciudadano del ejercicio de mi deber por las buenas causas de la Patria. Precisamente en esos espacios, cuando la ley había sido ya considerada con informe favorable para segundo debate, convocábamos a quienes iban a ser sujetos de aplicación de esas leyes para que incorporen sus opiniones, hagan sus observaciones, se socialice la normatividad. Esto con el fin de que las leyes no sean imposición de las circunstancias, sino que sean respuestas a las grandes necesidades nacionales y a los problemas que tiene la nación.
La capacidad de veto del Presidente pudiera incidir en el ánimo de los asambleístas para debatir, participar…
El veto del Presidente de la República está consagrado en varias constituciones. Pero desde la presidencia de Sixto Durán Ballén se condujo a que el veto presidencial responda a los intereses del colegislador (Ejecutivo), antes que al Parlamento. Qué quiero decir con esto: el veto debiera rectificar los textos legales, pero que no signifiquen reformas al espíritu de la ley que ha aprobado el Parlamento, porque en definitiva el veto presidencial termina colapsando la facultad legislativa del Parlamento.
¿En qué sentido?
Si el Parlamento tiene interés en insistir en el texto original que aprobó, necesita las dos terceras partes de los votos, lo que hace muy difícil que pueda insistir en su visión legislativa y termina imponiéndose la visión del colegislador (el Ejecutivo). Alcanzar las dos terceras partes es difícil.