La Asamblea Nacional conocerá el nuevo paquete de 11 enmiendas constitucionales que será tratado en el Legislativo. Foto: Julio Estrella/ EL COMERCIO
El nuevo proyecto de enmiendas constitucionales fue presentado en la Asamblea Nacional. Propone cambios para la asignación de recursos a los gobiernos locales, así como también modificaciones electorales y el número de legisladores hasta la cancelación del fondo partidario permanente.
El documento fue ingresado el 2 de agosto del 2016 al Legislativo por la asambleísta lojana Verónica Arias, electa por Acción Regional por la Equidad (ARE), movimiento del alcalde José Castillo, afín del oficialismo.
El proyecto contiene 11 enmiendas
1) Toma la propuesta del Consejo Nacional de Gobiernos Parroquiales Rurales del Ecuador (Conagopare), presidido por Bolívar Armijos, de modificar los artículos 252 y 263 sobre los Gobiernos Provinciales. El objetivo es que los prefectos sean electos solamente por la población rural de cada provincia, excluyendo al sector urbano, y que se clarifique cuáles son sus competencias exclusivas en el ámbito rural. Esta idea ha sido duramente cuestionada por el Consorcio de Gobierno Provinciales del Ecuador (Congope), presidido por el oficialista Gustavo Baroja, prefecto de Pichincha.
2) Se pide la enmienda del artículo 108, que establece que los partidos y movimientos políticos son organizaciones públicas no estatales. La intención es eliminar las asignaciones de fondos públicos anuales para su funcionamiento. Es decir, cancelar el Fondo Partidario Permanente, que lo otorga el Consejo Nacional Electoral (CNE) y sale del Presupuesto General del Estado, con un equivalente al 0,0003 de los egresos fiscales constantes.
Además propone que los medios de comunicación destinen un 25% de sus espacios con “cobertura estatal de costos” a la difusión equitativa de las propuestas de gobierno y hojas de vida de los candidatos. Y que las organizaciones políticas que no inscriban candidatos a todas las dignidades de su circunscripción pierdan la personería jurídica.
3) Propone que no se gaste fondos públicos en publicidad de ninguna de las entidades del Estado o que perciban fondos públicos, como Solca. “El Estado informa y no publicita, por lo que los medios están obligados a la difusión de la información oficial”, sin carácter publicitario y sin difundir el nombre o imagen de los funcionarios públicos.
4) En el artículo 326, sobre los principios del derecho al trabajo, se busca agregar en el numeral 4, que dice “a trabajo de igual valor corresponderá igual remuneración”, la frase “el Estado garantizará la Equidad Remunerativa del Trabajo en todas las entidades o empresas públicas o privadas”. Y agrega que la diferencia entre la remuneración integral más alta no podrá ser mayor a doce veces la remuneración menor.
5) En el artículo 118 la idea es disminuir el número de legisladores, y para el cálculo se dispone que será un asambleísta por cada provincia y uno extra por cada 200 000 habitantes, y así eliminar la categoría de legisladores nacionales, que son 15, y por el exterior, que son seis.
6) Otra propuesta es incrementar el periodo de los cargos de elección popular de cuatro a cinco años.
7) En el artículo 116 sobre el tipo de votación proporcional se propone eliminar el denominado voto en plancha, para que así los escaños sean asignados a los candidatos más votados, sin importar la votación por listas. Esto implicar modificar todo el sistema de adjudicación de escaños, es decir ya no se utilizarían las fórmulas de D’Hont ni de Webster, solo los votos nominales.
8) En el Título V, sobre la organización territorial del Estado, Capítulo II, propone modificar la desconcentración de la administración del Estado en siete regiones horizontales y dos metropolitanas (Quito y Guayaquil), de acuerdo al Decreto 878 de 2008. Cada región tendrá un ministro coordinador, que formará parte del Gabinete Presidencial y dirigirá la actuación de los ministros sectoriales en su circunscripción territorial.
9) Con una modificación al artículo 369, sobre el seguro universal obligatorio, se busca que los parámetros de aportación, cobertura y jubilación sean iguales para toda la población, sin “ninguna forma de discriminación o privilegio”. Esto modificaría los aportes y beneficios de sectores especiales como las FF.AA.
10) En la misma línea de los gobiernos seccionales se busca enmendar la distribución de sus asignaciones de fondos públicos, esto con “una fórmula equitativa” bajo los parámetros de: tamaño, densidad poblacional, extensión territorial, ingreso per cápita del área de intervención.
Los Consejos Provinciales de Guayas y Pichincha recibirían recursos solo por sus poblaciones rurales, excluyendo las ciudades grandes, y los Municipios de Quito y Guayaquil tampoco recibirían adjudicaciones del Gobierno Central ya que “si cobran lo que por ley deben cobrar de impuestos y tasas tienen suficientes fuentes de financiamiento”. Esto se ajusta al discurso presidencial de que los gobiernos autónomos deben generar sus propios ingresos y buscar una autonomía financiera del Estado Central.
11) Y finalmente, el último punto, establece que los Ministerios no deben interferir en las competencias exclusivas de los gobiernos seccionales. Y que solo la Función de Control puede intervenir “a posteriori” en los casos en que desde el gobierno central o los seccionales se atente por omisión o acción contra el bien común de la nación o la calidad de los servicios públicos.
Justamente las Prefecturas mantienen una pugna con el Ejecutivo y presentaron una demanda ante la Corte Constitucional por la transferencia de las últimas competencias, de fomento productivo y agrario, pero sin recibir los recursos que les corresponde por Ley.
Según el 441 de la Constitución, las enmiendas que ingresen como proyecto al Legislativo deben tener el respaldo de al menos la tercera parte de los asambleístas y se tramitará en dos debates, con un año de separación, y solo se aprobará con el apoyo de las dos terceras partes del pleno, es decir 91 de los 137 votos.
Este proceso es el mismo que se utilizó con el paquete de enmiendas presentado, en junio 2014, por Alianza País a la Corte Constitucional y que fue aprobado por el pleno de la Asamblea el pasado 3 de diciembre.