La mayoría de sanciones administrativas a gasolineras, comercializadoras y distribuidoras de gas no pasan del papel y los tribunales de lo Contencioso.
Entre julio y diciembre del 2010, la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH) determinó multas por USD 411 815 de 174 expedientes administrativos levantados por infracciones de empresas que trabajan en la distribución y comercio de hidrocarburos.
Sin embargo, la ARCH solo ha podido recaudar USD 48 985, que corresponde al 33% del monto total, porque los USD 363 830 restantes en multas fueron impugnados ante los cuatro tribunales distritales de lo Contencioso ubicados en Quito, Guayaquil, Cuenca y Portoviejo.
Este Diario pidió a la ARCH los datos sobre las multas aplicadas en años anteriores y entre enero y junio del 2010, pero las autoridades informaron que las anteriores administraciones no dejaron un registro estadístico.
La ARCH solo sanciona infracciones administrativas en cuanto a calidad, precio y cantidad de los combustibles que entregan las gasolineras o las comercializadoras de gas, y los procedimientos de envasado y control de fugas en los cilindros.
Cuando se detectan delitos como el tráfico o desvío de combustibles interviene la Policía Nacional y se tramita como una infracción de carácter penal.
Solo en el Tribunal de lo Contencioso Distrital de Quito, en el 2010, ingresaron cerca de 100 impugnaciones por multas. La mayoría son de las comercializadoras de gas Agip – Eni, Congas y de Petrocomercial.
Cada demanda impugna multas de USD 400 a 1 000 impuestas por no realizar en los cilindros las prueba de estanqueidad contemplada en el Reglamento Técnico para la Comercialización de Gas de 1998.
Esta prueba implica constatar la presencia de fugas de gas en los cilindros sumergiéndolos en un tanque de agua.
El abogado de Agip, Javier del Pozo, argumenta que este proceso es inviable ya que solo la planta envasadora de la compañía en Pifo (al nororiente de Quito) despacha 30 000 cilindros al día y que no se lo podría aplicar a cada uno por cuestiones de logísticas y de tiempo.
Añade que la planta dispone de sistemas mucho más eficientes de rayos infrarrojos que detectan fugas por lo que debería actualizarse los reglamentos técnicos de hidrocarburos.
El director de la ARCH, Carlos Loor, responde que próximamente se hará una actualización del reglamento. Sin embargo, advierte que los tribunales de lo Contencioso tardan varios años en resolver las impugnaciones, con lo cual no se pueden recaudar las multas.
A ello, el presidente del Tribunal de lo Contencioso de Quito, Jaime Enríquez, responde que con un personal de 22 magistrados y asistentes tiene que resolver más de 11 000 causas pendientes no solo en materia de hidrocarburos, sino dentro de 13 competencias adicionales de actos administrativos.
Entre las impugnaciones a multas impuestas por la ARCH, se encuentran además sanciones a gasolineras por mala calidad y alteración de combustibles que no han sido resueltas.
Sanciones a las infracciones descritas en la Ley
La adulteración en la calidad, precio o volumen de los derivados de petróleo y gas será sancionado por la ARCH con una multa de 25 (USD 6 600) a 50 (USD 13 200) remuneraciones básicas en la primera ocasión.
Para la segunda ocasión, la multa se elevará al rango de entre 50 (USD 13 200) a 100 (USD 26 400) remuneraciones básicas y la suspensión de 15 días de funcionamiento de la gasolinera o distribuidora de gas.
En la tercera ocasión la multa se elevará hasta 200 remuneraciones básicas (USD 52 800) y la clausura definitiva del local. Si la infracción la comete una comercializadora, la multa se multiplicará por 10.
Si en una gasolinera se rompen los sellos de la ARCH de los surtidores de combustibles para alterar la cantidad de entrega, se la sancionará con una multa de USD 6 600 a USD 19 800, según la reincidencia.