El Servicio de Rentas Internas (SRI) volvió a exhortar a los contribuyentes de todo el país a que mantengan al día sus obligaciones tributarias.
Esto en relación al reforzamiento, desde el pasado 12 de octubre, del instructivo de sanciones pecuniarias vigente tras la aprobación, el 29 de diciembre del 2007, de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria.
Según el director Nacional de Gestión Tributaria, Leonardo Arteaga, esta norma estableció que los montos para las sanciones por faltas reglamentarias tendrán un mínimo de USD 30 y un máximo de USD 1000. Y para contravenciones un mínimo de USD 30 y un máximo de USD 1500.
De esta manera, el SRI señala que nunca estuvo vigente un valor de multas de USD 2 (en el caso de las declaraciones tardías), sino que se trataba de un mínimo discrecional, pero que el valor real debía ser cancelado.
“El objetivo del régimen sancionatorio no es la recaudación, sino el cambio de conducta del contribuyente. Y además la defensa de quienes actúan correctamente y que están sometidos a una competencia desleal por aquellos que infringen la Ley”, dijo Arteaga.
Adicionalmente, la autoridad tributaria recomendó a las personas que cuentan con Registro Único de Contribuyentes (RUC), que no hayan mantenido actividad y que no hayan realizado sus declaraciones, a que cierren su RUC y paguen la multa respectiva, que asciende a USD 30. Con este procedimiento, el cobro de la multa ya no será efectuado.
En las últimas semanas, varios contribuyentes mostraron su preocupación por el incremento sorpresivo de las multas. Sin embargo, tal como lo reiteró Arteaga en una entrevista con este Diario, las multas no se han incrementado sino que se ha decidido reforzar la aplicación de las sanciones.
Los altos costos operativos de notificar a los contribuyentes fueron la razón para que las autoridades del SRI decidieran poner mayor énfasis en el régimen sancionatorio. Con esto se espera que la cultura tributaria sea cada vez más difundida en el país.