Mientras los propietarios de terrenos de varias provincias protestan por la aplicación del Impuesto a las Tierras Rurales, el Servicio de Rentas Internas (SRI) amplió hasta el 30 de noviembre el plazo para que paguen al Fisco.
Según la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria, a partir de este año los contribuyentes que poseen tierras en el sector rural, de una extensión mayor a 25 hectáreas, deben pagar el uno por mil de la fracción básica no gravada del Impuesto a la Renta por cada hectárea o fracción de hectárea de tierra que sobrepase dicha extensión.
En términos económicos, el SRI señala que cada hectárea o fracción de hectárea excedente debe pagar USD 8,91.
Quienes posean más de un predio, deben sumar las hectáreas de todas sus propiedades y al resultado se le resta las 25 hectáreas exoneradas.
Según el asambleísta de Pastaza, Francisco Cisneros, señaló que el impuesto es una especie de multa al sector productivo. “El Estado debería preocuparse por dar alternativas de solución a los problemas cotidianos que tienen para producir sus tierras y no gravarle al campesino un impuesto que merma sus pocos recursos económicos”.
Sin embargo, el director del SRI, Carlos Marx Carrasco, afirma que es posible acogerse a las exoneraciones de este impuesto, mediante la conformación de cooperativas, federaciones y demás asociaciones de campesinos y pequeños agricultores.
Entre las propiedades exoneradas del pago del impuesto constan aquellos inmuebles ubicados a más de 3 500 metros de altura sobre el nivel del mar, los ubicados en áreas de protección o reserva ecológica públicas o privadas, los de las comunas, pueblos indígenas, cooperativas, uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas y demás asociaciones de campesinos y pequeños agricultores, legalmente reconocidas, los de propiedad del Estado….