El ministro Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad, Richard Espinosa, analizó el proyecto de Código Orgánico de Trabajo en una entrevista en Diario EL COMERCIO.
El funcionario indicó que es necesario un nuevo cuerpo legal que se adapte a la realidad actual, principalmente al uso de las herramientas tecnológicas, que impera en el mundo.
Durante tres años se ha desarrollado este proyecto de ley que contiene 20 cambios de fondo, entre los cuales están las renuncias anticipadas.
Esto, particularmente, se observa en la terminación de la relación laboral por mutuo acuerdo, es decir, la popularmente llamada “renuncia”.
Para poder renunciar a un trabajo será necesario llenar un formulario en línea, con el fin que el proceso sea en tiempo real. Esto evitará que los empleadores quieran aplicar mecanismos ilegales como la firma de renuncias anticipadas.
“Se genera inestabilidad laboral y el empleador podría prescindir de los servicios de la persona sin pagarle las indemnizaciones establecidas en el Código del Trabajo”.
Para evitar esto y, realizar las renuncias en línea, el Ministerio de Relaciones Laborales tiene listo un software, que se aplicará una vez que entre en vigencia la Ley.
El proyecto de Ley establece, sin embargo, una transitoria para que los trabajadores que hayan laborado 13 o más años en una misma empresa puedan acogerse al mecanismo que se maneja actualmente, es decir, el pago de un monto, mensual o total, tras los 25 años de servicio.
El Gobierno considera importante esto para evitar que no haya ningún conflicto. Dependiendo de la fórmula que se aplique, debería darle lo mismo al trabajador recibir el dinero de la formal actual o de la posible.
Actualmente, no se puede usar el mecanismo porque no hay legislación que lo regule.
También se incluye un cambio en la jubilación patronal donde se dará una “generalización del beneficio”, que permitiría “dar una bonificación a partir del primer año del trabajo a manera que no se vuelva un incentivo para prescindir de los servicios del trabajador. Por otra parte tiene una mejor previsibilidad para la empresa”.
La fórmula que se aplicará aún está en debate, aunque aseguró que en cantidad económica será lo mismo.
En el tema de maternidad se quiere equiparar las leyes para que exista consistencia y equidad entre todas. Además, esta ley contempla incrementar la indemnización por despido de un año completo de sueldo a dos años.
Fomentar la sindicalización en el Ecuador es otro punto en esta ley, pero con obligaciones y derechos. En caso que la empresa despida al trabajador que cree un sindicato deberá indemnizarlo con el pago de tres años de sueldo.
Las horas extras para los cargos de confianza fue una de las consultas hechas por los lectores. Espinosa lo cataloga como “otra de las rupturas a través del Código”. En este caso se pagará a los trabajadores cuya remuneración no supere los seis salarios básicos unificados o USD 2 040.
La figura de desahucio cambiaría en el nuevo Código, al igual que el Inspector de Trabajo tendrá mayores facultades.
También está en análisis el tema de la incorporación de guarderías y servicio médico en las empresas. Así mismo, se incluye el de regímenes especiales de aseguramiento de las personas que se presume tienen una relación laboral de dependencia, particularmente de aquellas que, exclusivamente y a tiempo completo, venden el producto de una empresa.
Estos trabajadores, explicó, deben ser absorbidos por la compañía y recibir afiliación, así como todos los derechos. Sin embargo, esto se contradice con lo que señaló el pasado martes el ministro de Relaciones Laborales, Carlos Marx Carrasco, sobre el tema. Él planteó que a estas personas solo se debería asegurarles, cubriendo el tema de salud y jubilación.
Finalmente, indicó que se ha propuesto otros mecanismos para agilitar los trámites y los procedimientos judiciales laborales. Uno de estos planteamientos gira en torno a la dotación de mayores competencias a los inspectores como, por ejemplo, la potestad de determinar a los empleadores morosos el pago de haberes vinculados a remuneraciones.