El control hacia los ecuatorianos se reforzó con la aprobación de dos leyes la semana pasada. La una, la Ley Derogatoria de la Ley de Burós de Información Crediticia y, la otra, la Ley Orgánica para la Redistribución del Gasto Social. Ambas incorporan elementos que ponen a las personas bajo una especie de lupa.
En el primer caso, se trata de que todo el historial crediticio sea manejado por un ente público, que incluso tendrá acceso a las operaciones que una persona realice en el IESS y el Issfa.
En el segundo caso, el Servicio de Rentas Internas (SRI) tendrá vía libre para revisar los estados financieros de cualquier cliente.
En la visión del economista Fernando Viteri, las políticas tributarias siempre, en todos los países y en la historia han apuntado hacia transparentar lo más posible las actividades de los ciudadanos. Pero la clave del debate es la institucionalidad de los países.
“No es lo mismo que si el Estado sueco o chileno monitoreara las cuentas, porque hay una institucionalidad y credibilidad en el Estado, pese a que pudieran también existir anomalías. Pero en países como el nuestro, donde prevalecen manejos de la información políticos antes que técnicos, las dudas son mayores”.
Añade que, en sí, las dos leyes son un importante aporte para transparentar los manejos económicos de la gente, pero insiste en que lo importante es saber cómo y para qué se la va a utilizar.
Y en eso coincide el asesor tributario Carlos Licto, para quien hay dos frentes desde los cuales analizar el tema del sigilo de las cuentas. El primero es que la presión para conocer cuánto y cómo pagan impuestos las personas se ha incrementado a nivel mundial, precisamente para combatir temas de lavado o evasión.
Pero lo que le preocupa es que bajo la normativa, el SRI pudiera indagar en actividades que no necesariamente tienen que ver con aspectos de materia tributaria. Eso, para Licto, es violar la privacidad de las personas, que, de paso, es un derecho constitucional.
Pero el director del SRI, Carlos Marx Carrasco, defiende a cada momento la nueva norma argumentando que quien lleva correctamente sus actividades no tiene por qué temer. Además, señala que investigar uno por uno a los siete millones de clientes es una tarea muy grande y que la entidad no cuenta ni con el tiempo ni con los recursos necesarios para hacerlo. “Simplemente se revisará cuando los ingresos no se corresponden con sus gastos”.
Pero eso, precisamente es lo peligroso, según Viteri, ya que, “si son siete millones de personas, ¿bajo qué criterios se va a elegir a quién indagar y a quién no? Debe haber, entonces, una sospecha que alerte. ¿Cómo se la determinará? Ese es el punto a debatir…”.
Por ello, el abogado Juan Carlos Tello, explica que la norma del sigilo parte del hecho de que todos son sospechosos, lo cual vulnera una premisa y un derecho de las personas de que siempre es inocente si no se le demuestra lo contrario. “Eso incomoda. Por más que ese no sea el objetivo, se parte de ese hecho y ahí es cuando a las personas les despierta el temor”.
Para León Roldos, en una columna, es el nacimiento de “un Gran Hermano tributario”.