Se llama Miguel Jaramillo. Tiene 68 años y trabaja en una empresa colocadora de personal. Desde hace tres años que se beneficia de su situación de tercera edad: rebaja en los precios de espectáculos públicos, descuentos especiales en casas comerciales… Pero no había sido si no hace unos cuatro meses que un amigo suyo le confesó un secreto. “Te pueden devolver el Impuesto al Valor Agregado (IVA)”, me dijo y me explicó cómo.
Al ser una persona de la tercera edad, según Karina Valencia, del departamento de Gestión Tributaria del Servicio de Rentas Internas (SRI), puede acogerse a que se le devuelva el IVA de sus compras, sea lo que sea. Pero aclara que esta devolución no podrá ser mayor al 12% de cinco veces el salario básico vigente.
Es decir que siendo el salario de USD 240, al multiplicarlo por cinco, da un total de USD 1 200. De este total, solo se le podrá ser devuelto el 12%, o sea, hasta USD 144 mensuales, de todas sus compras realizadas durante ese tiempo.
Y no es una cantidad nada despreciable, según explica Jacinto Vergara, otro de los compañeros de Jaramillo que también conoció, de suerte, el proceso. “Aunque sí es incómodo ir al SRI cada mes para hacer el registro, al siguiente mes sé que tendré la devolución de ese valor. Son fijos unos USD 70 u 80 que me llegan al mes”.
Para Teresa Paladines, la solicitud de devolución ya se le ha vuelto un hábito. Eso sí, ella nunca acude al SRI, envía a su hijo para que realice el trámite y solo verifica mes a mes su depósito de USD 50.
En el caso de los discapacitados, la situación es similar, solo que ellos tienen un valor adicional. También pueden descontar el IVA de todas las importaciones de bienes que realicen para su discapacidad, como aparatos médicos especiales, materia prima para órtesis y prótesis, etc. En este caso, deberán adjuntar la copia de la autorización de importación de la Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE).
Pero no solo los miembros de este segmento pueden beneficiarse. Los exportadores también pueden pedir su devolución de IVA y se les concede luego de 90 días, si se lo realiza en las ventanillas, o en 72 horas si es a través de Internet. También los proveedores directos de exportadores, las operadoras de turismo receptivo y los ejecutores de convenios internacionales pueden acceder a este beneficio.