En medio de una pertinaz llovizna, 14 inspectores laborales llegaron ayer en la mañana al parque Suecia, en el Quito Tennis. Era el segundo de la campaña Empleo Doméstico Digno, destinada a velar que se cumplan los derechos de las trabajadoras.
Cerca de las 10:00, Belén Noboa, una de las funcionarias, se dirigía por la calle Hidalgo de Pinto. Timbró en una casa de paredes blancas. Al poco tiempo le abrió la empleada de la vivienda, Patricia Salazar, quien aceptó responder a su cuestionario.
Cuando Noboa le preguntó si tenía contrato de trabajo escrito, la trabajadora le contestó temerosa que solo era verbal. En ese momento, la inspectora le pidió que esté tranquila, ya que ese tipo de acuerdo también es legal.
Esta aclaración fue confirmada por el ministro de Relaciones Laborales, Richard Espinosa, durante una entrevista en Radio Quito. El principal de la Cartera de Estado explicó que el Código del Trabajo no establece la obligatoriedad de los documentos escritos.
Sin embargo, para el jurista Lauro Vicente Bernal, el contar con un contrato es fundamental en la relación laboral porque se constituye en una prueba básica en el momento que un empleador o un trabajador establezcan una demanda en contra del otro.
“Es necesario que se realice una reforma al Código y se incluya la obligatoriedad del documento. Esto permitirá que no haya problemas a la hora de comprobar hechos durante una audiencia”.
La reforma también será fundamental para legalizar la propuesta ministerial de que las empleadas que trabajan puertas adentro deben trabajar solo cinco días a la semana y ocho horas diarias.
Para el jurista Iván Nolivos, esto se encuentra fuera de la Ley. “El artículo 269 del Código del Trabajo establece que las domésticas tienen un solo día de descanso cada dos semanas. Ellos tienen un régimen especial”.
Cuando se le preguntó al Ministro sobre este particular dijo que el citado artículo es correcto, pero que la Ley también establece que el trabajador debe laborar 40 horas semanales, de lunes a viernes.
“Si le toca trabajar más de la jornada completa se tendrá que pagar las horas extras. También se le deberá cancelar por las horas laboradas en el fin de semana”.
Esa misma explicación fue la que le dio la inspectora de Trabajo Mónica Morán a la doméstica María Montoya. “Su empleador debe darle USD 1,50 por cada hora de trabajo que usted realice un sábado o un domingo”.
Pero hay empleadas que se han creado falsas expectativas sobre los derechos que les asisten. Sonia Rodríguez, por ejemplo, piensa que es obligatorio que le paguen el transporte.
El ministro Espinosa aseguró que los patronos solo deben cancelar por este concepto si así lo desean. Lo mismo explicó el abogado Nolivos, quien señaló además que en ninguna parte del Código Laboral se estipula este pago.
“Lo que sí se les debe proporcionar a las empleadas, en el caso de que sean puertas adentro, es la alimentación y la vivienda”.