Cuando una persona decide contar con los servicios de una empleada debe firmar un contrato de trabajo. Este debe legalizarse en el Ministerio de Relaciones Laborales.
En el documento debe constar el sueldo que se le va a pagar, las horas de trabajo, funciones que va a realizar, etc. La Inspectoría de Trabajo analizará el contrato para su aprobación.
Los patrones deben afiliar al Iess obligatoriamente a las empleadas . Para ello, se requiere el contrato avalado por la Inspectoría de Trabajo y la copia de las cédulas de ambos.
Con esos documentos el empleador debe acudir al IESS para que le otorguen el número patronal y se registre la afiliación. Él y el trabajador deben aportar un porcentaje.
Toda empleada doméstica debe recibir un sueldo no menor de USD 240. En el caso de que esto no suceda o no esté afiliada al IESS, debe denunciar en la Inspectoría de Trabajo.
Se puede contratar a una empleada de servicio doméstico por menos de ocho horas diarias y/o menos de cinco días ala semana. El contrato será de jornada parcial.
Cuando se firma un contrato de este tipo, el monto de pago debe ser proporcional al tiempo de laboro. En este caso los empleadores también deben afiliar a sus empleadas al IESS.
Al contratar a una empleada doméstica existe un período de prueba de 15 días y no de 90 como el resto de trabajadores. En las dos semanas, cualquiera puede terminar el contrato.