A partir del próximo sábado, todas la personas naturales cuyos activos superen los USD 200 000, si son solteras, o USD 400 000 en el caso de ser casadas o que tengan sociedad conyugal, deberán realizar la Declaración Patrimonial.
Dentro de estos activos, valorados al 1 de enero de este año, se debe incluir: dinero en efectivo en bancos y otros depósitos (saldo hasta el 1 de enero), inversiones, acciones en empresas, créditos, cuentas o documentos por cobrar, vehículos motorizados valorados a un precio comercial, pero nunca será menor al avalúo.
Además, se deben registrar los bienes inmuebles, igualmente a valor comercial, sin que este sea menor a lo que indica cada uno de los catastros. Y, por último, otros bienes inmuebles como joyas, obras de arte, a valor comercial.
José Almeida, jefe de Servicios Tributarios del Servicio de Rentas Internas (SRI), explica que esta obligación es solo declarativa, es decir, no hay que pagar ningún tipo de impuesto. Sin embargo, el no cumplimiento sí acarrea multas.
[[OBJECT]]Así, si un contribuyente se demora, por el primer mes de atraso pagará USD 30 hasta 250 desde el décimo mes en adelante. Pero si la autoridad tributaria notificó al contribuyente, deberá pagar entre USD 40 y 500 por mes. Y, si llega al juzgado, la multa va de USD 50 a 1 000. Si la obligación definitivamente no se cumple, la multa oscila entre USD 500 y 1 500.
“El objetivo de la declaración patrimonial es conocer la variación del patrimonio de un contribuyente, que este sea acorde a lo que son sus ingresos. En el caso de las personas jurídicas no es obligación, porque detrás de una empresa siempre está una persona natural”, aclara Almeida.
Cuando los bienes de la sociedad conyugal constan dentro de la sociedad conyugal se puede hacer la declaración conjunta, es decir, uno de los dos cónyuges hace la declaración por la sociedad, pero cuando existe un bien fuera de la sociedad conyugal, o en caso de divorcio, cada uno de los cónyuges debe hacer la declaración de su parte proporcional. Y en el caso de que haya una parte en común, esto se informa dentro del anexo.
Cuando se trata de activos recibidos por herencias, el contribuyente y su cónyuge deben cumplir con la obligación, el uno pidiendo su proporcional de la herencia y el otro informando lo que está en la sociedad conyugal.
Por último, Almeida señala que no existen exenciones para cumplir con esta obligación. Mientras que las personas de la tercera edad y las personas con discapacidad tampoco tiene exoneracinoes, ya que se trata de una declaración informativa. “Las exenciones normalmente se hacen sobre el pago de un tributo, y en este caso no aplica”.
En cuanto al número de contribuyentes que están obligados a realizar esta declaración, según el cronograma, Almeida señaló que esa es una información restringida y que muy pocas personas en la institución tienen acceso.
Para cumplir con el proceso, los contribuyentes tienen que pedir la clave e ingresar a la página del SRI (www.sri.gob.ec). Luego ingresar al aplicativo de declaración patrimonial y deben llenar los datos solicitados.