Desde el 1 de enero de cada año, los contribuyentes que superan la base mínima determinada por el Servicio de Rentas Internas (SRI), de USD 8 910 al año, deben cancelar el valor generado del Impuesto a la Renta (IR).
Durante marzo, y según el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC), se vencen los plazos para las personas naturales, estén o no obligadas a llevar contabilidad.
En el primer caso deben reportar sus movimientos en el formulario 102, mientras que en las segundas, el registro es en el 102A.
Esa obligación está dirigida para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad que registraron gastos menores a USD 80 000 ó ingresos menores a USD 100 000. En el caso de las personas obligadas a llevar contabilidad el pago del IR no contempla montos mínimos como los descritos sino que es para todos.
Según Marcelo León, director del Regional Norte del SRI, se tiende a confundir la base imponible con los ingresos percibidos. “Son dos cosas distintas. El valor de la base imponible es el resultado de restar los ingresos percibidos durante el año menos los gastos incurridos. Sobre este resultado se calcula el IR”.
Para las personas jurídicas (empresas, corporaciones, asociaciones, etc.) el plazo terminará a partir del 10 de abril, asimismo conforme el noveno dígito del RUC.
Ante este vencimiento en los pagos, la atención en las ventanillas del SRI se ha multiplicado en los últimos días, debido a la cantidad de personas que buscan asesoría. “Todos los años hago lo mismo pero me resulta un poco confuso. Por eso vengo a que me ayuden”, señalaba ayer Pablo Almeida, mientras esperaba sentado que le tocara su turno en las oficinas de la Regional Norte del SRI.
Según Rubén Bolaños, asesor tributario del SRI, existe aún una mala costumbre entre los contribuyentes de dejar todo para última hora. “No es que se debe pagar el Impuesto a la Renta en la fecha del cronograma, sino que este indica el último día para el pago. Lo podían hacer desde enero”.
Bolaños también llama la atención al hecho de que los contribuyentes suelen equivocarse en cuál es el proceso que se debe cumplir en estos días. “En febrero se debió haber realizado la proyección de gastos personales para el 2011. En este mes se hace el registro y presentación en los formularios de los ingresos y gastos, pero del 2010. Y para eso sirven las facturas acumuladas”.
Las facturas sirven para el cálculo de los gastos deducibles en salud, educación, vivienda, alimentación y vestimenta. Para el pago del IR de este año todavía rigen los valores anteriores, esto es que el contribuyente puede deducir hasta USD 11 583, indistintamente del rubro de gasto.
El cambio que contempla la reforma tributaria se aplicará para el pago del IR a realizarse en el 2012 sobre el ejercicio fiscal 2011, esto es, los techos para cada uno de los rubros, excepto salud.
Otra de las continuas confusiones en la que incurren los contribuyentes es en la declaración y pago del IR cuando tienen más de dos fuentes de ingresos.
Por ejemplo, si un médico gana un salario fijo en determinado centro de salud y, además, tiene ingresos por servicios profesionales en otro lugar, lo que suele pasar es que registra solo una de las fuentes de ingresos. “Allí es cuando se dan las diferencias. Al cruzar la información detectamos esos errores y eso desemboca en multas”, señala León. Durante el año pasado se detectaron 17 959 diferencias, que sumaron alrededor de USD 25 millones.
Los contribuyentes que no pagan el IR son sujetos de multas entre USD 30 y USD 1 500.
Por eso, el contribuyente debe consolidar todos sus ingresos. En el caso de las personas naturales que registraron ingresos por servicios prestados, deben restar las retenciones en la fuente.