3 criterios para fijar el valor de fármacos

El Gobierno presentará hoy el borrador del Reglamento para la fijación de precios de medicamentos, dentro del cual se establecerán tres mecanismos para el caso: libertad controlada, libertad vigilada y establecimientos de precios por parte del Estado a ciertos ítems.

Los criterios fueron acordados por autoridades del Régimen y representantes de la industria farmacéutica el pasado 18 de febrero, durante una reunión en la que se dio un plazo de 15 días para la presentación del documento preliminar.Según el viceministro de la Producción, Mauricio Peña, los mecanismos permitirán hacer más manejable la fijación de precios. “En el pasado, el proceso era inmanejable. Al Ministerio de Salud le tocaba regular los valores de 11 000 productos. Ahora nosotros (el Ministerio de la Producción) nos encargaremos del proceso y se tomará en cuenta el comportamiento competitivo de los productos”.

Así, para los productos que no tienen competencia y una alta demanda se regulará de forma específica, para que los precios no sean tan altos como venía ocurriendo hasta el momento.

Las diferencias de precios entre los productos que sí tienen competencia y los que no son enormes, dice Juana Ramos, representante de la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos del Ecuador. “Un medicamento de los primeros puede llegar a costar en promedio USD 46, mientras que los segundos 3,75”.

Mediante la vigilancia regulada se deberá establecer un tope de rentabilidad para las farmacéuticas. Hasta la fecha, las importadoras podían obtener una ganancia de hasta el 20% sobre el costo de producción.

“Esperamos el Reglamento para saber exactamente cómo se definirá el tema de la rentabilidad. Mediante libertad controlada creo que seguirá siendo el mismo, pero sí variará en el de vigilada”, dijo Enrique Terán, director médico de laboratorios Roche.

La vigilancia regulada implica independencia para establecer los precios siempre y cuando se haga un monitoreo de los mismos. Se aplicará para productos no estratégicos para la salud humana, pero que tengan competidores en el país.

El Estado solo fijará precios cuando un laboratorio nacional o un importador dé información adulterada sobre un producto determinado.

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