Crédito directo en almacenes sí tiene luz verde

Han tenido que transcurrir dos meses y ocho días desde que la Superintendencia de Bancos reforzara sus acciones para controlar el sobreendeudamiento en el país, para que su cabeza, Pedro Solines, se pronunciara públicamente para “aclarar” aspectos referentes al tema.

Según el funcionario, se han interpretado equivocadamente varias de las resoluciones emitidas desde el 8 de mayo pasado.

El primer punto que abordó Solines fue el referente a la prohibición de emitir tarjetas de crédito a las casas comerciales. La resolución del 11 de julio no prohíbe a los establecimientos a utilizar otros mecanismos de concesión de créditos, una actividad que está amparada por las leyes desde hace más de 100 años.

Por tanto, la utilización de la cédula de identidad para extender crédito a sus clientes (mecanismo que empezaron a utilizar las casas comerciales tras la medida) es legal, aunque anunció que la Superintendencia de Compañías deberá regular y controlar que todo se ajuste a la normativa, esto es, apegado a la tasa de interés que determine el Banco Central.

Adicionalmente, las únicas casas comerciales autorizadas para emitir y seguir operando con sus tarjetas de crédito son Comandato y DePrati, debido a que mantiene titularizaciones en la Bolsa.

El resto de casas comerciales tendrán 90 días para retirar del mercado las tarjetas y definir las formas de pago de los clientes. Por ningún motivo, estos locales podrán exigir a sus clientes el pago total de sus haberes en un solo desembolso, sino que deberán respetar las condiciones a través de las cuales se endeudaron.

El segundo aspecto que Solines “aclaró” fue el referente a la prohibición de que un local comercial haga diferencias entre el precio de venta al contado del de tarjeta de crédito. “Los establecimientos sí pueden hacer diferencias entre pago en efectivo y pago con tarjeta de crédito, siempre y cuando hayan publicitado -dicha diferencia de valores- con antelación, en un tiempo entendible y coherente, a través de anuncios en prensa, radio, televisión, etc. Lo que no está permitido es que no haya habido esta publicidad y que tome por sorpresa al cliente, al pagar”.

El tercer aspecto que Solines explicó fue que la obligación de remitir gratuitamente los estados de cuenta a los clientes es exclusivo para las instituciones del sistema financiero bajo su control, esto es bancos, mutualistas y, por el momento, cooperativas.

Un cuarto asunto al cual se refirió el Superintendente fue el de advertir a las entidades bajo su paraguas que no pueden cobrar valor adicional alguno si el cliente no está en pleno conocimiento o ha dado su autorización.

Esto respecto a una serie de dudas de los últimos días sobre cobros en los estados de cuenta de supuestos seguros sobre el monto de consumos de los clientes, como una provisión. “No se puede cobrar ningún seguro ni nada unilateralmente. Pedimos a la ciudadanía que realice sus denuncias para proceder a las investigaciones y posibles sanciones”.

Finalmente, en cuanto a los cupos a las tarjetas de crédito, dijo que cada institución deberá decidir en base a los requerimientos de capital de cada cliente.

Más seguridad en los cajeros
 
La Junta Bancaria determinó 12 obligaciones que deberán cumplir las instituciones del sistema financiero para mejorar sus sistemas de seguridad en los cajeros automáticos habilitados.

Las entidades  tendrán 30 días para cumplir con esta resolución, a partir de la próxima publicación en el Registro Oficial.

Entre las normas constan la obligatoriedad de poner protecciones en el teclado y en las ranuras donde ingresan las tarjetas, ubicación de cajeros en lugares bien iluminados, control de las actividades externas a través de cámaras de video,   cerraduras de alta tecnología, etc.

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