‘El allanamiento a empresas necesitará de orden judicial’

Diego Martínez.

Diego Martínez.

El subsecretario de Planificación, Diego Martínez, defiende la Ley Antimonopolio. Dice que ya es hora de contar con una en el país.

El próximo martes, desde las 15:00, se desarrollará el segundo debate del proyecto de Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, remitido a la Asamblea por el Ejecutivo con el caracter de económico urgente. El proyecto contiene artículos que han criticado varios sectores.

¿Tienen los votos necesarios para que el proyecto se apruebe el próximo martes?

Espero que sí.

¿Por qué el apuro para que se aprueba esta Ley?

No hay apuro. Esto se ha venido analizando desde 1999. No estoy de acuerdo con que se haya dicho que se necesitaba más tiempo. Ya es hora de tener una ley.

Pero hasta el nombre del proyecto ha sido cambiado: de Ley de Competencias a Ley de Control de Mercado.

Se usó un concepto económico, el de poder del mercado.

¿Entonces es una ley para el control más que para fomentar la competencia?

La activación de la competencia es deseable. La ley lo hace y lo dice. Pero también busca castigar los abusos, controlar las concentraciones y las prácticas de competencia desleal. El nombre de la ley es actualmente más completo.

¿La información obtenida del Censo Económico del 2010 se usó para definir el contenido de la ley? El supuesto estuvo especificado en un primer momento y luego se lo eliminó...

No. He visto notas en algunos medios que dicen que el Censo Económico fue el sustento de la Ley. En realidad fue un sustento conceptual pero no el único. Además, no es que con los resultados del Censo la Superintendencia de Competencias va a salir a sancionar a todos los empresarios, por el tema de la concentración.

La Asamblea Nacional hizo modificaciones al proyecto en artículos considerados polémicos. ¿Cuál fue la reacción del Régimen?

Conocemos que en el Legislativo tomó sugerencias de varios actores. Las modificaciones son acertadas porque le dan más claridad y precisión al texto.

¿Generó molestias el hecho de que se hayan quitado algunos elementos que constaban en el proyecto original?

Ninguna de las modificaciones alteró sustancialmente el espíritu de lo que pretendía el Ejecutivo.

La cuantificación de sanciones en base a salarios es nuevo. ¿Por qué el cambio?

Fue una recomendación que hicieron algunos asambleístas en el sentido de que se establezca una correlación respecto a establecer los montos en función de una unidad que en el tiempo no sufra los efectos de la inflación.

¿Es para estar preparados para una posible desdolarización de la economía? Eso afirmó un legislador...

¿Qué puedo responder sobre eso…?

En el art. 8 se habla de las diversas formas de abuso del poder de mercado. Uno de ellos es la venta atada. ¿En qué casos se evidencia?

Esto se da, por ejemplo, cuando uno compra un auto pero le venden con determinado rastreo satelital o determinado seguro. Uno debe poder escoger si quiere y a qué empresa comprar, no la que le imponga la casa comercial.

Cuando se compra una entrada a un partido de fútbol, pero no le venden sino adquiere para la temporada completa, ¿es venta atada?

Es una venta atada en principio, pero hay que ver si tiene una justificación o no. Puede haber muchas veces precios reducidos si compra en paquete. La venta atada no solo radica en que se venda en grupo sino en que el manejo de los precios sea atentatorio a los derechos del consumidor.

Otro de los abusos del poder de mercado que se plantea es el cobro por tarjetas de descuento. ¿En qué se basaron para incluir este inciso en la Ley?

Nos basamos en legislación internacional. En otros países incluso se prohíbe la venta de tarjetas. La tarjeta per se no es mala, pero sí el cobro. Las empresas deben tener fidelizados a sus clientes por la calidad de sus productos o servicios.

¿Hay algún mecanismo, en vez de las tarjetas, para premiar a los clientes?

Los establecimientos podrían entregar las tarjetas con base de un registro de cuántas veces acude un cliente al local.

Los procesos contra una empresa pueden iniciar por una denuncia. ¿Qué pasa si son de carácter malicioso?

Ellos serán sancionados. La Superintendencia tendrá que calificar esa denuncia.

¿Por qué en el artículo 46 no se eliminó la posibilidad de hacer investigaciones, con o sin notificación, en los inmuebles de las personas a las que se está indagando?

La Superintendencia de Competencias tendrá la facultad de hacer visitas, con o sin notificación. Para lo que sí se necesitará orden judicial será para los allanamientos. La Ley siempre respeta el derecho a la privacidad.

En base a ese derecho a la privacidad se quitó del texto la posibilidad de revisar agendas personales.

No se quitó del texto. No debe haber ningún temor.

El asambleísta Paco Velasco dijo que a última hora se retiró ese punto del informe para segundo debate.

Desde nuestra perspectiva, el pedir información es completamente legal.

HOJA DE VIDA

Diego Martínez

Su experiencia. Economista por la Pontificia Universidad Católica. Participó como técnico en la Gerencia de Planificación y proyectos del Ecorae. Actual Subsecretario General d e Planificación.

Su punto de vista. Es hora de contar con una ley y no ha habido apuro en su aprobación. Los cambios propuestos por la Asamblea al documento original no altera los objetivos del Ejecutivo.

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