Fernando Cordero, presidente del Consejo Directivo del IESS, señaló que la afiliación de los profesionales y trabajadores autónomos al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) es voluntaria y no obligatoria, ni sujeta a sanciones, como se había anunciado la semana pasada.
El Seguro Social estableció, vía Resolución 464, en febrero pasado, un régimen para la afiliación obligatoria de las personas que trabajan sin relación de dependencia (profesionales en libre ejercicio, taxistas, vendedores etc.). Días atrás, incluso, el director nacional de aseguramiento del IESS, Raúl López explicó que la medida es obligatoria e incluso habló de multas y sanciones para quienes no cumplan.
Sin embargo, Cordero señaló que el “régimen obligatorio es el nombre“, pero eso no quiere decir que los profesionales y trabajadores autónomos tengan que necesariamente registrarse.
Al referirse a las palabras de López indicó que el día en que hizo el anuncio de la obligatoriedad, la semana pasada, “se le entregó un boletín de prensa que debía venir y en cinco minutos leer (…) he tratado de hacer un esfuerzo para no tener que entrar en contradicción con él… aparentemente hay algunas cosas que eran de su propia elucubración. A lo mejor respuestas improvisadas, un poco ligeras, como el hecho de que vamos a afiliara 4,5 millones de profesionales, que ni hay si quiera”.
Mientras que Francisco Vergara, director general del IESS, explicó, con relación a la permanencia de López en su cargo, que va a revisarse el tema. Pedirá que se presente un informe y escuchará la grabación de las declaraciones realizadas por este.
En cuanto al porcentaje que debe aportar el profesional o trabajador autónomo que se afilie, es decir, del 20,6%, se mantendrá. Cordero explicó que no es discriminatorio con relación a los trabajadores bajo relación de dependencia, que pagan el 9,45%, debido a que allí existe la corresponsabilidad con el empleador, que paga el resto.
Y todos los afiliados en el país deben cancelar el mismo monto, que incluye el 3% de la cesantía, para que accedan a otros servicios del IESS, que se debe garantizar a todo trabajador.
Así mismo, se insistió en el hecho de que el trabajador autónomo o profesional debe cancelar sobre sus ingresos reales. Se explicó que si la persona se registra por menos cantidad, simplemente el año que viene se hará un cruce con el Sistema Informático del Servicio de Rentas Internas (SRI) y se comprobará cuánto realmente ganó.
En ese caso será el SRI quien podrá reclamar por haber declarado falsamente y, por ejemplo, hacer que las deducciones se hagan por un valor menor, que es el reportado en el IESS.