En relación a los términos de la publicación del día lunes 12 de noviembre de 2012 titulada “Claro perdió litigio con Movistar”. Al respecto es importante indicarle lo siguiente:
1. Rechazamos la imagen utilizada para graficar el artículo, pues manipula el logo de CLARO (que es una marca registrada) aplicándolo arbitrariamente a un contexto negativo. La gráfica lesiona gravemente nuestra imagen e induce a error al lector, respecto al proceder de CLARO.
2. En el contexto del artículo se utilizan con ligereza términos como “se apropió indebidamente de 18 números de Movistar”, “portabilidad fraudulenta”, entre otros, que atentan contra el buen nombre de mi representada y que no reflejan la objetividad que caracteriza a EL COMERCIO.
3. Por otra parte, el titular afirma “Claro perdió litigio con Movistar”. El proceso no es un litigio, se trata de un proceso administrativo en el que la SUPERTEL emitió una resolución, la cual está en trámite de impugnación por parte de CLARO ante instancias judiciales. Es decir, no se trata de un proceso concluido como se entiende en la publicación realizada.
4. Sin perjuicio de lo anterior, es importante aclarar que CLARO demostró en el proceso administrativo iniciado por la SUPERTEL que las 18 líneas material del proceso, contaban con la solicitud de portabilidad debidamente firmada por los usuarios, cumpliendo de esa forma con la normativa de portabilidad aplicable.
En el caso de prepago, para que se pueda dar la portabilidad, el cliente debe informar a la operadora “receptora” un código denominado NIP –por sus siglas Número de Identificación de Portabilidad- el cual es generado por la operadora “donante” y únicamente llega como mensaje escrito al teléfono del cliente que ha solicitado la portabilidad. En este caso se cumplieron todos los pasos necesarios para formalizar el consentimiento de los clientes en dicho trámite, por lo que la afirmación “18 números de Movistar fueron portados a CLARO sin consentimiento de los usuarios”, es por demás imprecisa.