Las personas naturales deberán realizar su declaración de Impuesto a la Renta, correspondiente al periodo fiscal 2013, a partir del 10 de marzo, de acuerdo al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Para esta declaración y pago, la fracción básica exenta del 2013 para personas naturales es de USD 10 180, es decir, que todas las personas naturales que superen ese monto de ingresos durante el 2013 deberán presentar esta declaración.
Al realizar la declaración de Impuesto a la Renta se debe considerar todos los ingresos recibidos y gastos efectuados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2013.
Para calcular el impuesto que debe pagar un contribuyente, sobre la totalidad de los ingresos gravados se restarán las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputables a tales ingresos. A este resultado se lo llama base imponible. Luego, hay que calcular el impuesto con base en una tabla.
Adicionalmente, dentro de las deducciones se pueden tomar en cuenta los gastos personales, los cuales no podrán superar el 50% de sus ingresos ni el valor de USD 13 234. Para vivienda, educación, alimentación y vestimenta, el máximo deducible es de USD 3 308,50. Para salud hay como deducirse hasta USD 13 234.
Para la deducibilidad de los gastos personales, los comprobantes de venta deberán estar a nombre del contribuyente, su cónyuge o conviviente, sus hijos menores de edad o con discapacidad que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente, con el correspondiente número de cédula de identidad.